La Contraloría Regional de Atacama confirmó una serie de graves irregularidades en la Municipalidad de Tierra Amarilla tras una fiscalización realizada el pasado 6 de marzo de 2026, concluyendo que la administración comunal redujo la jornada laboral de sus funcionarios sin contar con autorización legal, afectando el normal funcionamiento del municipio.
El informe, emitido tras una inspección en terreno, estableció que mediante el Decreto Alcaldicio N° 937 se dispuso un “cambio de actividades” desde las 14:00 horas con motivo del Día Internacional de la Mujer. Sin embargo, para la Contraloría dicha medida constituyó, en los hechos, una liberación anticipada de la totalidad del personal municipal, práctica que excede las facultades del alcalde y vulnera la legislación vigente.
Durante la fiscalización, los inspectores comprobaron que la mayor parte de las oficinas municipales se encontraba sin funcionarios. Solo permanecían operativos parte de los equipos de Finanzas, Tesorería y el administrador municipal subrogante, quien confirmó que el personal había sido autorizado para retirarse antes del término de la jornada.
El organismo fiscalizador fue categórico al señalar que ninguna norma permite a un municipio disminuir la jornada laboral por motivos conmemorativos. Por el contrario, recordó que el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales obliga a cumplir íntegramente las 44 horas semanales establecidas por ley y exige que los servidores públicos permanezcan en sus funciones durante toda la jornada ordinaria.
La investigación también dejó al descubierto serias falencias en el control de asistencia. De un total de 349 funcionarios municipales, 173 registraron su ingreso mediante reloj biométrico, pero 127 de ellos nunca marcaron su salida. Según consta en el acta de fiscalización, la propia administración instruyó al personal no registrar el término de la jornada debido a las reducciones horarias autorizadas.
Para la Contraloría, esta instrucción contraviene directamente el reglamento interno del municipio, que obliga a registrar tanto el ingreso como la salida, y prohíbe expresamente que las jefaturas eximan a los funcionarios de cumplir con dicho control.
El informe advierte además que el pago de remuneraciones por horas no trabajadas podría infringir el artículo 69 de la Ley N° 18.883, que establece que solo corresponde pagar remuneraciones por jornadas efectivamente cumplidas, salvo las excepciones expresamente contempladas por la ley.
Otro aspecto que agravó la situación fue la ausencia de respuesta de la Municipalidad de Tierra Amarilla al preinforme enviado por la Contraloría. Al no presentar descargos ni antecedentes que justificaran las actuaciones observadas, el organismo decidió mantener íntegramente todas las objeciones formuladas durante la fiscalización.
Como consecuencia, la Municipalidad deberá acreditar el reintegro de las horas no trabajadas correspondientes al 6 de marzo de 2026 respecto de los funcionarios que no cumplieron su jornada laboral completa. Para ello tendrá un plazo de 30 días hábiles para remitir los antecedentes a la Contraloría Regional de Atacama a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.
El informe también advierte que la utilización de la figura de “cambio de actividades” para justificar una salida anticipada del personal constituye un uso impropio de las facultades de organización interna del municipio y podría configurar eventuales responsabilidades administrativas por incumplimiento de los deberes funcionarios.
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Declaración de la Municipalidad.
Al respecto, según lo señalado por la Contraloría General de la República, la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla tiene plazo hasta el 24 de agosto para responder a las observaciones y remitir antecedentes requeridos por el ente fiscalizador, proceso en el que estamos trabajando y según el cual estimamos que una cifra superior al 80% de funcionarios cumplió jornada o reintegró las horas.
No obstante, desde la Dirección de Administración y Finanzas nos encontramos trabajando en el fortalecimiento de la reglamentación en la materia, acorde a los estándares de transparencia y fiscalización a los que la Municipalidad de Tierra Amarilla siempre estará disponible.
