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¿Ahogado en deudas? Así puedes renegociarlas gratis y sin pasar por procesos judiciales

Si estás pasando por un escenario económico complejo y adeudas montos millonarios, hay una solución a la que podrías acogerte de forma gratuita: el procedimiento concursal de renegociación de deudas.

Se trata de un trámite a través del cual la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) actúa como facilitadora de acuerdos entre el deudor y sus acreedores. Es así que se busca que las personas renegocien sus deudas para no llegar a instancias judiciales.

Cabe destacar que el procedimiento es voluntario y tiene una duración promedio de tres meses. Durante ese plazo, la persona será acompañada por profesionales de la Superir sin la necesidad de contratar a un abogado.

De acuerdo con el portal Ventanilla Única Social, quienes realicen el trámite podrían obtener nuevas condiciones de pago que sean acordes a sus ingresos del momento, como una rebaja de intereses, más plazo para cumplir e incluso meses de gracia.

Requisitos y cómo postular a la renegociación de deudas

Las personas interesadas pueden postular al trámite a través de la plataforma de la Superir con su ClaveÚnica (disponible AQUÍ). Antes de ello, deberán considerar estos requisitos:

— Tener cédula de identidad vigente.
— Debes tener dos o más deudas que en conjunto sumen más de 80 U.F., y que se encuentren vencidas por más de 90 días.
No haber sido notificado/a de una demanda judicial por deuda.
No haber emitido boleta de honorarios en los últimos 24 meses.
— Tener la voluntad de pagar y ordenar tus deudas.

Para poder solicitar la renegociación de tu deuda, necesitas tener a mano los siguientes documentos en formato digital:

— Declaración de todas tus deudas, tanto las que están al día como las que se encuentran vencidas, acompañando los documentos justificativos de cada deuda.

— Declaración de todos los ingresos que percibes,acompañando los documentos justificativos de cada ingreso.

— Declaración de todos los bienes que sean de tu propiedad o sobre los cuales tengas derechos, acompañando los documentos justificativos de los bienes declarados.

— Declaración en que conste que eres Persona Deudora, y que no se te ha notificado de la demanda de Liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en tu contra, que no sea de origen laboral.

Fuente: BioBioChile

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