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En virtud del requerimiento presentando por la Municipalidad de Copiapó, y de acuerdo a la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2020, dictada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Copiapó, la cual fue confirmada con fecha 26 de octubre de2020 por la Corte Suprema, es que la esta Gobernación Provincial, bajo las atribuciones que Otorga la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y art. 4 letra h) del D.F.L. N°22 que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Gobierno Interior de la República, conjunto a la Municipalidad de Copiapó y apoyados por la Fuerza Pública, ejecutaron la restitución de la propiedad fiscal, a fin de dar continuidad a las obras de mejoramiento y áreas verdes por parte de la repartición municipal, las que van en directo beneficio de la comunidad.

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