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El texto de la reforma constitucional con que el Gobierno busca que FFAA cuiden infraestructura

19 de septiembre de 2018/SANTIAGO En la elipse del Parque O'Higgins, se realiza una nueva version de la gran parada militar 2018, en honor a las glorias del ejército. FOTO: RODRIGO SAENZ/AGENCIAUNO

A las 11:00 horas de este martes los ministros del Interior y de Defensa, Gonzalo Blumel y Alberto Espina, respectivamente, presentaron en una sesión de la Comisión de Constitución del Senado el proyecto de reforma constitucional con que el Gobierno busca que las Fuerzas Armadas puedan resguardar la infraestructura crítica sin necesidad de que se decrete un Estado de Excepción.

El texto, publicado por La Tercera, se incorporará como una indicación a un proyecto que ya está en trámite, contemplando que la protección militar a la infraestructura clave pueda prorrogarse por una vez.

Mediante un artículo único, se propone incorporar “el siguiente artículo bis nuevo en la Constitución política de la República, del siguiente tenor: cuando exista un riesgo para la seguridad de la nación, fuera de los casos de estado de excepción constitucional, el Presidente de la República podrá ordenar, mediante decreto supremo fundando el empleo de unidades de las Fuerzas Armadas para la protección de infraestructura crítica, determinando específicamente que tiene esa condición”.

“En el ejercicio de esta facultad, en ningún caso se podrá decretar la suspensión, restricción o privación de derechos y garantías constitucionales, disponer el empleo de las Fuerzas Armadas para restablecer el orden o la seguridad pública o afectar las facultades correspondientes de las Fuerzas de Orden y Seguridad”, indica la iniciativa.

Para ello, el Presidente designará “en el mismo decreto una o más autoridades militares que asumirán el control operacional de las unidades de las Fuerzas Armadas que asignen los comandantes en jefes para el fin señalado en el inciso anterior. Mientras que se mantenga la designación precedente, el ministerio encargado de la defensa, a través del Estado mayor conjunto, realizará la coordinación y evaluará constantemente el cumplimiento de las normas y políticas aplicables a las Fuerzas Armadas en el cumplimiento de esta función”.

Respecto de qué se entenderá por ‘infraestructura crítica’, indica que se trata de “aquellas instalaciones, sistemas y sus componentes cuya perturbación en su funcionamiento o su destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios de utilidad pública para la población o para el eficaz funcionamiento de los órganos y la administración del Estado”.

Finalmente, se especifica que en ese mismo decreto supremo se determinará “la infraestructura crítica específica a proteger”, pudiendo tener una vigencia máxima de 30 días consecutivos, pudiendo ser prorrogado sólo una vez “mientras se mantenga el riesgo para la seguridad de la nación”.

“El Presidente de la República deberá informar a la brevedad al Congreso Nacional de las medidas adoptadas”, acota el documento.

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