Tuvieron que esperar casi medio siglo para que la justicia condenara a uno de los hombres que los torturó durante la dictadura, pero en octubre de este año, Patricio Rivera y Ramón Pavez se enteraron por la prensa de que Manuel Cabezas Pérez, exsuboficial de la Fuerza Aérea condenado por las torturas que sufrieron, había recuperado anticipadamente su libertad tras la rebaja de condena concedida por el Ministerio de Justicia vía decreto firmado por Fernando Rabat, tal como reveló BioBioChile.
Y hubo algo más. El condenado apareció públicamente celebrando el beneficio, agradeciendo que su salida se concretara durante el Gobierno de José Antonio Kast y negando haber sido un torturador, pese a que la justicia había acreditado su responsabilidad penal.
Ahora, ambos sobrevivientes buscan que el Estado responda por lo ocurrido mediante una demanda civil por el daño moral que aseguran les provocó la liberación de su torturador.
La acción incorpora un antecedente particular: el reconocimiento del propio presidente Kast de que “el Estado les falló” a las víctimas por las rebajas de condena. Sin embargo, esas palabras fueron dirigidas a quienes sufrieron delitos sexuales, sin mencionar a las víctimas de crímenes de lesa humanidad. Una diferencia que los abogados de Rivera y Pavez ahora utilizan como parte de sus argumentos contra el Fisco.
La demanda no busca reparar nuevamente las torturas de 1973, apunta a un daño distinto: el que según sostienen provocó el propio Estado al reducir la pena de su victimario en democracia, sin considerar suficientemente sus derechos ni informarles de la decisión.
1973: las torturas en la Base Aérea El Bosque
Para entender la demanda hay que volver a septiembre de 1973, pocos días después del golpe de Estado.
Patricio Mario Rivera Cornejo trabajaba en la empresa Madeco y participaba en el Cordón San Miguel. La noche del 19 de septiembre fue detenido en su casa por personal de Carabineros.
Primero sufrió un simulacro de fusilamiento. Después fue trasladado a la Base Aérea El Bosque, donde funcionaba un recinto de detención e interrogatorios de la Fuerza Aérea.
Allí fue sometido a descargas eléctricas en los genitales y la lengua, además de nuevos simulacros de fusilamiento. Sus captores también marcaron en su espalda el símbolo de la Unidad Popular con un yatagán, según los hechos que posteriormente fueron establecidos por la justicia.
Después de diez días fue llevado al Estadio Nacional, donde volvió a sufrir torturas. Finalmente, fue condenado por un Consejo de Guerra y expulsado de Chile.
Un mes después, el 18 de octubre de 1973, Ramón Daniel Pavez Casanova también fue detenido.
Lo arrestaron en el Paseo Ahumada, en el centro de Santiago. Tras pasar por dependencias del Ministerio de Defensa, donde fue golpeado e interrogado, terminó en la misma Base Aérea El Bosque. Allí fue desnudado y sometido a descargas eléctricas durante los interrogatorios. Las torturas lo dejaron inconsciente.
Su recorrido continuó por otros recintos de detención, entre ellos el Estadio Nacional y la Penitenciaría. Recuperó su libertad en septiembre de 1974 y posteriormente se fue a Francia, donde reside desde entonces.
Ambos sobrevivieron a las torturas y la justicia dio por acreditada la participación de Cabezas.
2021: una condena después de casi medio siglo
Manuel del Carmen Cabezas Pérez había integrado el Departamento II de Inteligencia de la Base Aérea El Bosque. Según los antecedentes judiciales, una de sus funciones era trasladar a los detenidos hasta las dependencias donde eran interrogados.
En diciembre de 2017, el ministro en visita Mario Carroza lo condenó junto a otros agentes por los tormentos cometidos contra Rivera y Pavez.
La causa continuó en los tribunales. En 2018, la Corte de Apelaciones de Santiago calificó los hechos como torturas con resultado de lesiones graves, constitutivas de crímenes de lesa humanidad, y elevó la condena de Cabezas Pérez a cinco años y un día de presidio.
Finalmente, el 10 de noviembre de 2021, la Corte Suprema dejó firme la sentencia.
En ese mismo proceso, el Fisco fue condenado a pagar una indemnización de $40 millones a cada una de las víctimas por el daño moral provocado por las torturas. Pero la historia judicial no terminaría ahí.
2026: la rebaja de condena firmada por Rabat
Manuel del Carmen Cabezas Pérez debía terminar de cumplir su condena el 28 de noviembre de 2026. Sin embargo, el Ministerio de Justicia le concedió una rebaja de ocho meses, en virtud de la Ley 19.856, que contempla reducciones de pena por comportamiento sobresaliente.
El decreto, al que accedió BioBioChile, fue firmado por el ministro Fernando Rabat bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”. Con esa decisión, el término de la condena se adelantó al 28 de marzo de 2026, permitiendo que el exuniformado recuperara su libertad antes de lo previsto.
La historia tomó otro giro cuando Cabezas Pérez habló públicamente sobre el beneficio en una entrevista con Mega.
“Me lo gané yo por mi conducta sobresaliente”, afirmó.
Pero también vinculó su salida al cambio de administración. El exuniformado sostuvo que el expresidente Gabriel Boric no había firmado el beneficio y destacó que fue durante el Gobierno de Kast cuando finalmente se concretó.
También negó ser un torturador, en contraste con lo que estableció la justicia.
“Todo es falso, no soy torturador”, afirmó.
Pero la sentencia firme estableció su responsabilidad como autor de delitos reiterados de aplicación de tormentos con resultado de lesiones graves contra Rivera y Pavez.
“Fue como que me abrieran una herida de nuevo”: el relato de Patricio Rivera
Hoy, a sus 76 años, Patricio Rivera dedica parte de su tiempo a escribir. Es ingeniero y doctor en Geofísica, y también ha estado vinculado al teatro. Después de vivir durante décadas en Europa, regresó a Chile en 2015.
Entre las historias que está dejando por escrito están las de su propia vida, incluida su detención y las torturas que sufrió durante la dictadura.
“Ahora escribo todas estas cosas que me sucedieron a mí personalmente”, cuenta a BioBioChile.
Rivera recuerda que estaba durmiendo cuando otras personas lo despertaron para contarle que Cabezas había recuperado su libertad, una noticia que habían conocido a través de la prensa.
—¿Cómo se enteró del beneficio otorgado a Manuel Cabezas?
Me entero a través de otras personas que supieron por una publicación de la prensa, no sé. Pero ahí me enteré. Inmediatamente yo sentí, imagínate, estoy durmiendo, me despiertan con esta noticia y fue como que me abriera una herida de nuevo.
Sentí impotencia y al mismo tiempo sentí que la impunidad se volvía a abrir.
Yo todavía lo recuerdo. Cuando lo vi ahora, su mirada, los ojos. Me acordé de todo. Lo alcancé a ver pocas veces. La mayoría del tiempo nos tenían la vista vendada, pero sí recuerdo ese rostro. Han pasado más de 50 años y esto fue un choque verlo de nuevo.
Entonces la sensación fue muy fuerte… fue muy fuerte. Volver al pasado y recordar todo lo que viví.
—Después de tantos años esperando una condena, ¿cree que el Estado volvió a fallarles al liberarlo anticipadamente?
Por supuesto, el Estado nos falló y con esto es como rematar la cosa. No sé si estaban esperando que nosotros muriéramos antes que sucediera esto. No sé, para que no reclamáramos, pero por lo menos los que estamos vivos podemos reclamar.
Mientras esté vivo y se pueda denunciar, lo haré, lo haré siempre. No puede ser que por el hecho de que un gobernante sea elegido por mucha gente, se permitan pasar por encima los derechos humanos y de las personas víctimas de crímenes de lesa humanidad.
Yo tuve la suerte de sobrevivir.
El nuevo daño que las víctimas atribuyen al Estado
Ese es precisamente el corazón de la demanda civil presentada ante el 3º Juzgado Civil de Santiago, por los abogados de Rivera y Pavez, entre quienes se encuentran Karinna Fernández y Magdalena Garcés. El escrito sostiene que la liberación anticipada de Cabezas Pérez provocó un daño moral nuevo, distinto al sufrimiento causado por las torturas de 1973.
“Esta demanda no persigue la reparación de las torturas de 1973. Ese daño fue declarado y resarcido en sede penal mediante sentencia firme”, explican. Lo que reclaman ahora es un perjuicio posterior, que atribuyen a una decisión del propio Estado adoptada en 2026.
Según los abogados, el Ministerio de Justicia redujo la pena sin considerar debidamente los derechos de las víctimas, sin escucharlas y sin informarles de lo ocurrido. La acción también cuestiona que el Ejecutivo haya permitido adelantar el término de una condena por crímenes de lesa humanidad sin ponderar sus obligaciones internacionales de sanción efectiva.
“Liberar anticipadamente a los agresores mediante decretos no transparentados no solo debilita el Estado de derecho, sino que inflige un nuevo y grave daño moral a los sobrevivientes, revictimizándolos tras casi cincuenta años de litigio”, comenta Karinna Fernández, abogada de las víctimas.
“El Estado les falló”: los dichos de Kast que forman parte de la demanda
Pero hay otro argumento que los abogados incorporaron a la acción judicial: las propias declaraciones del presidente José Antonio Kast cuando reconoció que su Gobierno había cometido un error al conceder rebajas de condena a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad.
El 26 de octubre, el mandatario calificó lo ocurrido como un error “muy grave”, “profundamente doloroso” y “totalmente inaceptable”.
“El Estado les falló”, afirmó entonces Kast, quien anunció una revisión de los decretos cuestionados y medidas para evitar que situaciones similares volvieran a repetirse.
Sin embargo, los abogados de Rivera y Pavez cuestionan que ese reconocimiento no se extendiera también a quienes sufrieron crímenes de lesa humanidad y cuyos victimarios también recibieron rebajas de condena.
“Nunca se pidió perdón a las víctimas, nunca se mencionó a las víctimas de crímenes de lesa humanidad”, sostienen.
Para los demandantes, ese silencio también forma parte del perjuicio que denuncian. De hecho, los abogados plantean que esa diferencia de trato carece de justificación, considerando la gravedad de los delitos por los que fue condenado Cabezas Pérez.
Así, los sobrevivientes no solo cuestionan que el Estado haya reducido la condena de su torturador, sino también que, cuando el propio Gobierno reconoció públicamente sus errores, ellos ni siquiera fueran mencionados.
La abogada Magdalena Garcés, quien lideró el litigio que terminó con la condena de Manuel Cabezas, recordó que este caso fue particular, porque la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó una pena efectiva de cinco años y un día de cárcel, considerando las graves lesiones de las víctimas y la reiteración de las torturas. “Se debió considerar al momento de rebajar la pena las obligaciones del Estado de Chile respecto de la Convención Internacional contra la Tortura”, sostuvo.
Garcés cuestionó que el Ministerio de Justicia no evaluara esas obligaciones internacionales antes de conceder el beneficio. “El Ministro no hizo un ejercicio de control de convencionalidad”, afirmó, explicando que debía revisarse si la decisión administrativa contradecía los tratados internacionales vigentes en Chile y considerar el daño que podía provocar a las víctimas.
Nuevo frente para el Estado
Por estos hechos, los abogados solicitan que el Fisco sea condenado a pagar $100 millones a Patricio Rivera y otros $100 millones a Ramón Pavez, por concepto de daño moral.
El abogado defensor del exuniformado, Ricardo Bravo Cornejo, ya había defendido ante BioBioChile que estos beneficios corresponden a reducciones acumuladas por comportamiento sobresaliente y que deben aplicarse cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley.
Dice que no corresponde incorporar condiciones adicionales que el legislador no contempló expresamente para este mecanismo.
Por su parte, los abogados de las víctimas cuestionan que esa interpretación deje fuera las obligaciones internacionales del Estado respecto de los crímenes de lesa humanidad y el derecho de las víctimas a obtener justicia.
Será la justicia civil la que deberá determinar si la decisión del Ministerio de Justicia generó un daño indemnizable y si corresponde atribuir responsabilidad al Fisco.
Fuente: BioBioChile
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