El Gobierno, mediante el Ministerio de Agricultura (Minagri), publicó el decreto que establece la categoría de “vino bajo alcohol”, con una graduación alcohólica menor a la establecida por la ley N° 18.455 promulgada en 1986.
Según se estipula en el Diario Oficial, esta nueva categoría tiene como definición aquella bebida alcohólica “elaborada exclusivamente sobre la base de zumo de uva parcial o totalmente fermentada, excluidas las uvas de mesa, elaborada mediante prácticas enológicas autorizadas con una graduación alcohólica real mínima de 8,5º y una graduación alcohólica potencial inferior al grado alcohólico establecido para el vino”.
Gobierno implementa nueva categoría de vinos bajos en alcohol
Hasta ahora, la Ley N°18.455, que establece normas sobre la producción y venta de bebidas alcohólicas, sostiene que un vino debe tener una graduación alcohólica mínima real de 11,5º.
Sin embargo, el propio decreto del Ministerio de Agricultura detalla que a nivel nacional e internacional se ha observado “una disminución sostenida” en el consumo de vino tradicionaldurante los últimos años, lo que ha elevado las existencias de los productores o generado sobrestock.
“En contraste, la categoría de vinos desalcoholizados y parcialmente desalcoholizados ha experimentado un importante crecimiento, estimándose que el mercado mundial de vinos de este tipo, valorizado en US$1.180,83 millones en 2023, alcanzará aproximadamente US$7.892,17 millones al año 2032, lo que representaría una tasa de crecimiento anual compuesta del 23,5% durante dicho período”, agrega el texto oficial.
En esta línea, el Minagri explicó que el incremento en la demanda de vinos con menos alcohol responde principalmente a tendencias de consumo vinculadas a estilos de vida más saludables y una moderación en el consumo de alcohol, además de cambios en las preferencias de las nuevas generaciones.
Todo esto ha impulsado a la industria vitivinícola a diversificar su oferta con productos de menor graduación o nulo contenido alcohólico, “procurando mantener la calidad, las características organolépticas y la adecuada información en el etiquetado respecto del vino del cual proceden”.
La experiencia comparada, cita el decreto en el Diario Oficial, apunta a que la tendencia global es hacia una mayor diversificación de la oferta de vinos y que, en casos como la Unión Europea y España, pone en evidencia que las regulaciones están respondiendo a las nuevas preferencias de consumo.
“En consecuencia, resulta jurídicamente razonable incorporar una nueva categoría de vino especial denominada “vino bajo alcohol”, permitiendo reconocer y regular estos productos sin alterar la definición tradicional de vino vigente en Chile”, remarcó el texto.
Fuente: BioBioChile
