En medio del sistema frontal que afecta a la región de Atacama, polémica generó la fiscalización y eventual multa de la Dirección General de Aguas (DGA) a la Municipalidad de Tierra Amarilla por trabajos preventivos para evitar que el aumento del caudal del río significara un desborde afectando a la comunidad aledaña a la altura del Puente Ojanco.
Pero ¿cuál es el origen y los fundamentos de esta acción? El documento, reconoce que “información proporcionada por Seremi MOP” habría dado origen a la fiscalización, cuyo trabajo en terreno incorpora como parte de los hechos denunciados y eventualmente ilegales, las acciones de mitigación realizadas por la Municipalidad.
“Profesionales de la DGA Atacama realizaron visita inspectiva en el punto señalado como “P1” en el ítem N°8 de la presente a esta para constatar in situ modificaciones de obra de cauce artificial que habría realizado presuntamente la Municipalidad de Tierra Amarilla con motivo de despeje del cauce natural del río Copiapó. Lo anterior fue información proporcionada por Seremi MOP”, comienza el documento, reconociendo la intervención de la autoridad política.
Más aún, el informe agrega como parte de la denuncia que “En el punto “P1” se encuentra una cámara de inspección de 1,1 x 1,9 m, con una tubería de 19 pulgadas a la altura de 1,5 m. El paso de agua desde el río hacia la cámara se encuentra obstruida con sacos de arena”.
Obstrucción que, precisamente, tras la rotura de la tubería se consideró como forma de mitigar el colapso de las cámaras, lo que hubiese significado un desborde de agua a los canales cuya infraestructura se localiza en los sectores Margarita Rocco, Miguel Lemeur y Canal Mal Paso. Medida que a través de una aplicación que permite la georeferenciación de coordenadas en distintos horarios de monitoreo comprobó su efectividad, pues se mantuvo el mismo nivel.
Por otro lado, el documento no concuerda con el contenido del oficio de la Seremi de Obras Públicas a raíz de los antecedentes de la fiscalización, ya que solicita “adoptar medidas que impidan el ingreso de los flujos de agua y sedimentos del río Copiapó a la infraestructura actualmente expuesta”, lo que ya fue realizado y constatado en el informe de la DGA.
Asimismo, considera como antecedente la Resolución Exenta N°698 que ordena “el cierre de bocatomas y la adopción de medidas preventivas para la operación de canales, embalses y tranques durante períodos de precipitaciones en la Región de Atacama”, presumiendo el cierre de la bocatoma del Canal Los Patos y Las Rojas sería una medida preventiva suficiente, no obstante la intervención del tubo se realizó por su obstrucción al cauce natural del río generando un taco que ocasionaba un riesgo ante la inminente crecida del caudal.
Con todo, el ente técnico hace alusión a eventuales infracciones a los artículos 32 y 41 del Código de Aguas, respecto a la solicitud de autorización de las obras y el 171, que dice relación a la presentación de un proyecto previo a la intervención. La Municipalidad de Tierra Amarilla tiene 8 días hábiles para la presentación de sus descargos.
Presunto incumplimiento en la instalación de la tubería
En otro orden de cosas, existiría una irregularidad en la instalación de la tubería que traslada el agua a los regantes que podría ser la causa de su rotura, pues se encontraría a mayor altura de la indicada. En el documento se describe como “una tubería de 19 pulgadas a la altura de 1,5 m”. Su instalación es responsabilidad de la Junta de Vigilancia del Río Copiapó.
