La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa de M.A.M.P, imputado por conducción bajo los efectos de sustancias estupefacientes con resultado de muerte, tras un accidente ocurrido el pasado 15 de mayo en la capital regional.
Según los antecedentes expuestos en la audiencia de formalización, el imputado conducía una camioneta por avenida Copayapu cuando, presuntamente bajo los efectos de marihuana, perdió el control del vehículo, cruzó el eje de la calzada e impactó frontalmente a un automóvil Audi conducido por F.M.G, quien falleció en el lugar producto de las lesiones.
La defensa del imputado, cuestionó la legalidad de la prisión preventiva decretada por el Juzgado de Garantía de Copiapó. El recurso argumentaba que no existía un examen toxicológico confirmatorio ni cuantificación de THC, sosteniendo que el narcotest positivo constituía solo un antecedente preliminar e indiciario, insuficiente para acreditar una conducción bajo la influencia de drogas.
Asimismo, el defensor alegó que la audiencia donde se decretó la cautelar habría tenido una duración aproximada de 13 minutos, sin espacio suficiente para una réplica efectiva de la defensa, y acusó una falta de fundamentación en la resolución dictada por el magistrado Paulo Franco Muñoz Pedemonte.
Sin embargo, la Corte estimó que la resolución judicial sí cumplía con las exigencias legales de fundamentación establecidas en el artículo 36 del Código Procesal Penal. En el fallo, el tribunal de alzada sostuvo que el juez explicó adecuadamente la existencia del delito, la participación del imputado y la necesidad de cautela, considerando la videograbación del accidente y el resultado positivo del narcotest practicado al momento de la detención.
La resolución también señala que las alegaciones de fondo formuladas por la defensa debieron ser discutidas mediante un recurso de apelación, mecanismo procesal que no fue utilizado oportunamente, razón por la cual la decisión del Juzgado de Garantía quedó ejecutoriada.
En consecuencia, la Corte concluyó que la actuación del tribunal de primera instancia se ajustó a derecho y descartó vulneraciones a la libertad personal o seguridad individual del imputado, rechazando así el recurso de amparo en todas sus partes.
El imputado permanecerá en prisión preventiva mientras continúa el desarrollo de la investigación penal por el fatal accidente ocurrido en Copiapó.
