Cerrar

[VIDEO] Condenan a pareja por maltrato animal y prohibición perpetua de tenencia de mascotas en Copiapó

Los denunciados deberán cancelar el pago de una multa a beneficio municipal de 20 UTM. Además a la pena accesoria de inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de mascota.

Fue el 20 de mayo de este año,  que una pareja tuvo que enfrentar una denuncia por maltrato animal, en la ciudad de Copiapó. En esa oportunidad, fue la Fundación “Ayllu Animal Atacama, que interpuso la denuncia. Esto, debido a que en la villa “La Arboleda” se encontraba un canino en pésimas condiciones de salud. De acuerdo al relato del documento, señala que ” en el antejardín de los denunciados, se hallaba un perro de nombre “ISUSHI” el que se quejaba encontrándose en deplorable estado de salud, que a simple vista se apreciaba con sarma, el ojo derecho mantenía una infección de larga data ya que tenía larva de moscas, además presentaba dificultades respiratorias, que en los platos no tenía agua ni comida y habían manchas de sangre en la cerámica del piso”

La fundación manifiesta en la declaración que se contactaron con los dueños de “ISUSHI” para ofrecerle una atención veterinaria y un hogar donde le entregarían los cuidados correspondientes ” negándose los dueños a recibir la ayuda ofrecida, indicandoles que un médico veterinario iba en camino” El informe médico del veterinario, indicaba que ” que previo a cumplir lo peticionado efectuó un chequeo clínico a la mascota para considerar la eutanasia peticionada, observando que respiraba con mucha dificultad y sangraba por la nariz, detectandose al auscultar que padecía taquicardia por insuficiencia cardiaca, que además mantenía grandes áreas de la piel y alrededor de uno de sus ojos sin pelaje posiblemente derivado de un problema de tiroides nunca tratado, que los signos que presentaba la mascota no eran recientes por el contrario eran de muy larga data”

Es por eso que, finalmente el tribunal confirmó lo expuesto por los denunciantes, indicando que la mascota durante los 10 años de su vida padeció diversas patologías una de las cuales, la llevó a la ceguera total. Asimismo, en el documento de la sentencia, se da a conocer que hubo falta de cuidado, aseo y nutrición con el animal por ello se determinó la culpabilidad frente a esos hechos.

Atacama Noticias contactó a quienes llevaron a cabo esta denuncia, y desde la Fundación “Ayllu Animal Atacama”, uno de sus integrantes fue claro en señalar que el primer llamado que hacen es a la comunidad: “Cómo es posible que en la ley “Cholito” no exista un ente fiscalizador para quienes son condenados a no tener más mascotas. Es decir, en este caso la sentencia es clara, de manera perpetua no están habilitados para tenencia de mascota, entonces estamos preocupados, y es por eso que damos a conocer este caso, al final, se requiere el apoyo de la comunidad para que no se repita”, indicó Valentina, una de las integrantes de la Fundación.

De igual manera, desde la Fundación, contaron que es muy poca las personas que denuncian, según las estadísticas que desde Fiscalía manejan: “Estamos hablando que es un delito cualquier tipo de maltrato animal, por eso que insistimos acá es clave también que la ciudadanía se sume, ya que como fundación hemos visto otros casos, y más graves aún de maltrato, entonces se debe crear conciencia”.

SENTENCIA

Ante esto, el Segundo Juzgado de Policía Local de Copiapó,  acogió la denuncia de la Fundación “Ayllu animal Atacama” y de conformidad a los dispuesto en el artículo 30 inciso 2ªde la ley 21,020. Se condena a P.A.B.M y C.S.O, al pago de una multa a beneficio municipal de veinte unidades tributarias mensuales, según el valor de la unidad tributaria mensual a la fecha efectiva del pago, por haber infringido los artículos 1 Nº2; 2 Nº2 y 7; 10 inciso 2º ” al mantener en su antejardín de su domicilio a un can de raza sharpei de nombre “Isushi”, en condiciones deplorables de salud, por falta de cuidados alimenticios y médicos, conducta que se prolongó por parte de los denunciados y su grupo familiar, durante a lo menos 10 años, no obstante haber sido sancionados por ello el año 2013 y el 2019, lo que implicó que debido a su deteriorado estado de salud, por falta de cuidados de la mascota, fuera eutanasiada, a objeto de evitar prolongar la agonía que soportó a lo largo de su vida por la actitud negligente y carente de empatía por quienes debieron cuidarlo y protegerlo”. Y que atendida a la conducta histórica de maltrato en que incurrieron los condenados, se les condena igualmente a la pena accesoria de inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de mascotas».

scroll to top