Una resolución sin precedentes obligará a miles de egresados de Derecho a repetir su práctica profesional, incluso si fue realizada hace más de 40 años. El Ministerio de Justicia detectó décadas de omisiones y desorden administrativo en la entrega de informes finales a nivel de Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) Metropolitana. El plazo para regularizar es de solo 15 días. El que no cumple, parte de cero.
Una resolución inédita y de efecto masivo fue publicada este miércoles 11 de junio en el Diario Oficial. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana, ordenó la repetición íntegra de la práctica profesional de todos los egresados de la carrera de Derecho que, entre el 8 de mayo de 1981 y el 31 de diciembre de 2024, no hayan entregado el informe final que exige el reglamento.
La decisión se formalizó mediante la Resolución Exenta Nº 1.488, firmada por el director general de la Corporación, Rodrigo Mora Ortega. En el texto se advierte que quienes no hayan cumplido con este requisito obligatorio deberán entregar el informe dentro de los próximos 15 días. De lo contrario, deberán repetir por completo la práctica profesional, incluso si esta se realizó hace décadas.
La medida se basa en lo dispuesto por el artículo 22 del decreto supremo Nº 265 del Ministerio de Justicia, que establece que el postulante al título de abogado debe entregar un informe final de su práctica al abogado jefe correspondiente. Si no lo hace dentro del plazo reglamentario de 30 días, se le otorgan 15 días más tras notificación oficial. El incumplimiento puede derivar en la repetición total o parcial del proceso.
Egresados de Derecho sin informe
Según la resolución, la Unidad de Prácticas Profesionales detectó un cúmulo indeterminado de casos sin informe final entregado, muchos de los cuales datan de hace más de 10 años. No se tiene un catastro completo, lo que ha generado un desorden administrativo con solicitudes de validación fuera de plazo y sin respaldo documental.
“Resulta necesario normalizar todos los procesos inconclusos”, señala el documento, por lo que la Corporación resolvió aplicar la normativa con pleno rigor. El ministerio, liderado por Jaime Gajardo (PC), instruyó la publicación de la medida en el Diario Oficial como vía formal de notificación a los potenciales afectados.
En términos simples, si un postulante no entrega su informe dentro del nuevo plazo y no hay constancia institucional de haberlo hecho, no se considerará válida su práctica profesional y deberá repetirla en su totalidad. La certificación quedará a cargo del ministro de fe de la institución, quien deberá verificar los documentos recibidos.
La resolución ya fue distribuida internamente en todas las dependencias de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, afectando tanto a prácticas realizadas en Santiago como en otras comunas bajo su jurisdicción.
Cercanos al Gobierno reconocen que la decisión que tomó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos pone fin a décadas de omisiones y busca cerrar un flanco histórico en el proceso de habilitación de nuevos abogados, aunque la magnitud del universo afectado aún no ha sido precisada oficialmente, pese a que los números estarían desde hace meses dando vueltas por los cajones de las autoridades encargadas.
La práctica
La práctica profesional en la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) es un requisito obligatorio para obtener el título de abogado, según lo establece el Código Orgánico de Tribunales (COT). Este proceso permite a los egresados de Derecho adquirir experiencia real en el ejercicio de la profesión, atendiendo directamente a personas de escasos recursos en causas civiles y de familia, principalmente.
Durante el período de práctica, los postulantes deben desempeñar funciones jurídicas bajo la supervisión de un abogado jefe. Esto incluye la redacción de escritos, la asistencia a audiencias y la participación en la resolución de casos concretos. El proceso culmina con la elaboración de un informe final obligatorio, que detalla las labores realizadas y sirve como respaldo formal para acreditar el cumplimiento del proceso ante la Corte Suprema.
La CAJ Metropolitana, en particular, concentra una alta demanda de practicantes provenientes de diversas universidades, y está regulada por un protocolo interno que exige seguimiento, supervisión y cumplimiento de plazos. La entrega del informe final es el hito clave que valida el cierre del proceso.
Problemas reales
Pese al hermetismo evidenciado, cercanos a la cartera de Justicia explicaron que la medida aplicaría únicamente a personas que aún no se han titulado y permanecen en calidad de egresados de la carrera de Derecho, como el Presidente Gabriel Boric.
Para ellos regirá esta disposición, no así para quienes ya ostentan el título de abogado. Sin embargo, hasta el cierre de esta nota, las autoridades no habían aclarado si podría existir el caso de alguien que hubiese obtenido el título sin haber entregado el informe final de práctica.
Antes de titularse de Derecho
Para obtener el título de abogado en nuestro país, el primer paso es egresar formalmente de una carrera de Derecho impartida por una universidad reconocida por el Estado. Esto implica haber aprobado todos los ramos, incluyendo seminarios y, en algunos casos, exámenes de grado. Con el certificado de egreso, el postulante queda habilitado para iniciar la práctica profesional.
Esta práctica se puede realizar en la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) y Ministerio Público (MP), siempre bajo supervisión directa de un abogado jefe. Durante un período mínimo de seis meses, el egresado debe atender causas reales de personas en materias civiles y de familia, sumando en algunos casos temas relacionados con derecho laboral y público. Al finalizar, está obligado a entregar un informe detallado que dé cuenta de las actividades desarrolladas, el cual debe ser certificado por la CAJ o MP. La omisión de este informe puede invalidar todo el proceso, como establece el artículo 22 del decreto supremo N° 265.
Con la práctica completa y el informe validado, el egresado debe solicitar su título ante la Corte Suprema, acompañando antecedentes académicos, certificados y documentación personal. Si la solicitud es aprobada, se le cita a prestar juramento ante el Pleno del máximo tribunal. Recién tras este acto solemne y la inscripción en el Registro de Abogados del Poder Judicial, la persona obtiene legalmente la calidad de abogado en ejercicio.
Fuente BioBioChile.cl