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Atacama Kozan: Juez acogió solicitud de forzamiento de la acusación en contra de Francisco Sánchez

En una audiencia efectuada este lunes en el Tribunal de Garantía de Copiapó,  donde la fiscalía comunicó decisión de no perseverar en una de las causas contra Sánchez y Albornoz, instancia que además los querellantes solicitaron el forzamiento de la acusación en contra de los imputado, investigados por un eventual delito de estafa contra la minera.

Según la indagatoria que se extendió por mas de dos años, cuando Sánchez y Albornoz se desempeñaban como subgerente general de la empresa y ex subgerente de finanzas,  habrían establecido relaciones de confianza con los ejecutivos de la compañía y actuaron de forma fraudulenta con objetivos e intereses propios, perjudicando a la Sociedad Atacama Kozan, que es la que presentó la querella.

Los abogados querellantes solicitaron el forzamiento de la acusación, una de las querellante, Valentina Horvath, indicando que “en este caso existen múltiples antecedentes investigativos, todos y cada uno sostienen, no solamente la existencia del delito de estafa, sino asimismo la participación de los imputados formalizados en estos hechos. Conforme a la misma formalización una serie de mecanismo de comisión de engaño para defraudar el patrimonio de la empresa que represento, causándole gran perjuicio que se encuentra establecido en la investigación.”

En ese mismo sentido, Horvath, señaló que “por lo anterior y considerando que no nos encontramos en cualquier investigación, existen múltiples antecedentes que dan cuenta de estafas reiteradas, en conformidad del artículo 258 del código Procesal Penal, inciso 4. Solicitamos el Forzamiento de la acusación, que se nos autorice sostener la acusación respecto de los imputados.”

FISCALÍA DE ATACAMA 

Ministerio Público argumentó que la decisión se ajustó en todo momento al mérito de los antecedentes y a la Ley, adoptándose en esta causa luego de un completo y objetivo análisis jurídico de la información contenida en la carpeta investigativa. Causa que de todos modos continuará por los querellantes y sin perjuicio de otra indagatoria que aún se mantiene vigente en contra de los mismos imputados.

En la audiencia, el Ministerio Público dio a conocer tal determinación, luego de que, tras realizar una exhaustiva investigación, concluyera que no se lograron reunir antecedentes suficientes para fundar de manera seria, bajo el principio constitucional de objetividad, una acusación en contra de los querellados. Ello, sin perjuicio del derecho de los querellantes de continuar con la causa hasta un juicio oral, facultad que solicitó dicha parte siendo autorizada por el Juez de garantía, sin oposición alguna por parte de la Fiscalía.

De acuerdo a lo señalado por el Fiscal González en la audiencia, el delito cometido por los imputados, eventualmente podrían constituir un delito de “administración desleal”, ilícito por el cual no se pudo acusar pues fue creado por la Ley 21.121; recién en noviembre del 2018, época en que los hechos ya habían ocurrido; siendo inconstitucional aplicarlo con efecto retroactivo, es decir, para hechos ocurridos antes de esa ley. Se suma a lo anterior, el hecho que la empresa minera querellante, a pesar de tratarse de una compañía de gran envergadura y reconocida regionalmente, a la época de los hechos no tenía implementada una unidad de control ni contaba con un manual de prevención del delito que permitiera detectar las conductas consignadas en la querella; las que, además, y según se aprecia de la misma investigación, eran conocidas y toleradas al interior de la misma empresa que figura accionando penalmente por el supuesto engaño.

Desde la Fiscalía se aclaró a la comunidad que esta causa fue investigada durante 3 años y se adoptaron todas las decisiones únicamente regida por el deber de objetividad en que se desempeñan los fiscales y que impide realizar una persecución penal parcial, antojadiza o caprichosa, cuando de los antecedentes de un caso no son suficientes para acusar en una investigación, como ocurrió frente a estos antecedentes y que el mismo principio de objetividad se mantendrá en la otra causa que los mismos imputados mantienen vigente en la Fiscalía de Atacama, cualquiera que sea su resultado final

El magistrado acogió el forzamiento de la acusación solicitada por los querellantes, con esto el proceso judicial en contra de Francisco Sánchez, ex gerente de Atacama Kozan y Rodrigo Albornoz, ex subgerente de finanzas, seguirá su curso sin el Ministerio Público.

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