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Fiscalía de Atacama pide desafuero de diputado Jaime Mulet

Este lunes, el Ministerio Público solicitó a la Corte de Apelaciones el desafuero del diputado Jaime Mulet. Desde el año 2017, el parlamentario forma parte de una investigación penal, por la presunta participación por delito de cohecho pasivo.

El Ministerio Público argumentó que Mulet y los abogados Ramón Briones y Hernán Bosselin en 2015 “desplegaron conductas destinadas a formar la resolución delictiva del (ex) alcalde” y habrían logrado que la minera Candelaria, de capitales canadienses, pagara a la Municipalidad de Tierra Amarilla la suma de 7 millones de dólares, a cambio de que el ex alcalde Osvaldo Delgado desistiera de un juicio ambiental.

Cabe mencionar, que para este 6 de octubre quedó fijada la audiencia de formalización contra el diputado Jaime Mulet, parlamentario de la Federación Regionalista Verde (FRVS), una audiencia que ha sido postergada en varias ocasiones, por ello se desconoce si es que el parlamentario asistirá a la audiencia o jugará alguna otra carta para no presentarse.

DESAFUERO

La petición fue realizada por el fiscal regional de Atacama, Alexis Rogat, en el documento penal explicó que “se ha iniciado una investigación criminal en contra del H. Diputado Sr. Jaime Mulet Martínez, que en la que existen presunciones fundadas de su participación en los delitos de cohecho, reuniéndose una gran cantidad de antecedentes que permiten solicitar a Usía. Iltma. que declare que se hace lugar al desafuero del indicado Diputado para todos los efectos legales, de conformidad a lo establecido en el artículo 416 inciso segundo del Código Procesal Penal”.

“I. Municipalidad de Tierra Amarilla presentó en diciembre de 2013 ante el Segundo Tribunal Ambiental una demanda de reparación de daños ambientales en contra de la Cía. Contractual Minera Candelaria, solicitando se declarara que dicha empresa provocó daños ambientales en la comuna por su culpa o dolo, requiriendo se condenara a la repararlos materialmente a través de una serie de actividades y conductas propuestas. No obstante, dicha demanda no fue notificada teniéndose por no presentada por resolución del Tribunal ambiental del 31 de marzo de 2014, no obstante ello con fecha 03 de septiembre de 2015 se suscribió un contrato de transacción entre la I. Municipalidad de Tierra Amarilla y las Cía. Contractual Minera Candelaria y Cía. Contractual Minera Ojos del Salado. Añade el Contralor que en las cláusulas de dicho convenio consta que las empresas mineras se obligaron a pagar la suma de siete millones de dólares, acordándose que, de ellos, cuatro millones de dólares se destinarían a cubrir honorarios de los abogados contratados por el municipio para la defensa de los intereses, y sólo la cantidad restante ingresaría al patrimonio municipal. Por su parte, la entidad edilicia se comprometió a no perseverar en la demanda interpuesta, declarando y reconociendo la inexistencia del daño ambiental provocado, o al menos, la falta de participación de tales compañías en el mismo”.

Conforme a lo señalado, y de acuerdo a lo previsto en el inciso 2° del artículo 416 del Código Procesal Penal, solicito el desafuero del H. Diputado de la República, don Jaime Mulet Martínez, para lo cual remito a VS. Iltma. los antecedentes que obran en la carpeta de investigación, a fin de que este Alto Tribunal, conociendo de los hechos que ellos revelan, acoja la solicitud de desafuero, y declare haber lugar a la formación de causa en contra de dicho parlamentario, continuando así el procedimiento a su respecto, conforme a las reglas generales.

La Corte tendrá que establecer si hay antecedentes suficientes que permitan llevar adelante el desafuero, sin embargo, esto podría no ser necesario para la formalización de cargos de Jaime Mulet y se espera conocer si es que esta vez se concretará la audiencia o si seguirá dilatando el proceso.

DECLARACIÓN PÚBLICA DE FISCALÍA 

En atención a las reiteradas publicaciones que circulan en distintos medios de comunicación y redes sociales afirmando que el Ministerio Público realiza una persecución política en contra del Diputado Jaime Mulet Martínez, nos vemos en la necesidad de aclarar lo siguiente:

1.- La Fiscalía de Atacama desarrolla una investigación por los delitos de cohecho y soborno, vinculados a un contrato de transacción suscrito por una empresa minera y el municipio de Tierra Amarilla en el contexto de conflictos ambientales acaecidos en dicha localidad.

2.- En dicha investigación penal, fue el Ministerio Público quien solicitó al Tribunal la fijación de una audiencia para formalizar a Jaime Mulet Martínez, la que fue reagendada en dos oportunidades, quedando en definitiva para el día 05 de abril de 2022, ocasión en la cual Mulet Martínez no compareció pese a encontrarse legalmente notificado, alegando su abogado defensor, que su cliente asistiría a la audiencia sólo una vez que fuera desaforado, lo anterior, pese a que la Ley es clara al señalar que el desafuero es un requisito para imponer medidas cautelares personales y para deducir acusación contra un parlamentario, nada de lo cual iba a ocurrir en la audiencia del 05 de abril de 2022, cuyo único propósito era comunicar al imputado los hechos por los cuales es investigado.

3.- Ante la negativa del Diputado de comparecer a la audiencia de formalización, la Fiscalía de Atacama solicitó su desafuero ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Copiapó, a objeto de compeler al parlamentario a comparecer a la audiencia de formalización y de esta manera, evitar que dicha investigación continúe dilatándose injustificadamente.

4.- Durante la investigación en curso, se ha logrado formalizar y obtener medidas cautelares personales en contra de varios de los imputados por los delitos indagados, con la sola excepción del Diputado Mulet, por haberse negado a asistir a la audiencia de formalización que se encuentra pendiente.

5.- Finalmente, el Ministerio Público rechaza las insistentes declaraciones formuladas por el parlamentario a través de medios de prensa, en las cuales efectúa una serie de imputaciones falsas y descalificaciones infundadas a los fiscales y la forma en que éstos conducen la investigación penal en que se encuentra involucrado, ya que representan una penosa estrategia destinada a enlodar el verdadero trabajo que la Fiscalía de Atacama ha realizado en esta causa y un intento de amedrentar inútilmente a los fiscales, quienes no hacen más que cumplir con su deber de perseguir penalmente a quienes cometen delito, con estricto apego a la normativa Constitucional y legal que rige su actividad, teniendo como premisa básica que en Chile, nadie está ni debe sentirse por sobre la ley.

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