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Aprueban indicación que busca evitar criminalización por cultivo, porte y tenencia de cannabis

Este martes se aprobó una indicación en la Comisión de Seguridad Pública del Senado, que busca evitar la criminalización de los usuarios de cannabis. Según señalaron los senadores que propusieron esta iniciativa, aquí se habla de una persona que porta, consume y cultiva en su propio hogar, sin ánimo de traficar”.

Durante la jornada de este martes, la Comisión de Seguridad Pública del Senado aprobó una indicación que busca clarificar la intención de regular normativamente la tenencia, porte o posesión de marihuana sin ánimo de traficar.

Esta iniciativa se respaldó con 4 votos a favor y 1 en contra.

La indicación fue presentada por los senadores del Partido Socialista, Jaime Quintana y José Miguel Insulza, específicamente al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y el crimen organizado.

Según señalaron los senadores que propusieron esta iniciativa, aquí se habla de “una persona que porta, que consume y cultiva en su propio hogar, sin ánimo de traficar”.

Tenencia, porte y cultivo de cannabis

En el nuevo artículo 8° bis, los parlamentarios buscan que se incorpore lo siguiente:

“(…) El que siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del género cannabis, así como el que tenga, posea o porte cannabis, sin ánimo de traficar, en un número igual o menor al dispuesto en el presente artículo, se entenderá que lo hace para fines de uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo”, se explica en la indicación.

Así también se detalla que “la cantidad máxima anual por usuario para uso personal adulto considera el cultivo de 1 a 5 plantas exterior a tierra; 1 a 5 plantas exterior a maceta; 2 m2 en interior (carpa indoor). La tenencia máxima anual de flor seca es de 500 gramos, mientras que el porte de flor seca es de 40 gramos”.

“Para el conteo de plantas al que se refiere el presente artículo, deberá entenderse como planta aquel individuo del género cannabis que sea de sexo femenino y en etapa de florecimiento. Asimismo, el gramaje a que hace referencia el inciso anterior, se refiere al peso de la sustancia en estado seco”, añaden en el documento.

Por otro lado, “en caso de que se exceda el número señalado, esto no constituirá una presunción de responsabilidad penal, debiendo acreditarse el destino de la planta o sustancia conforme a las reglas generales”.

En el documento, los parlamentarios explican que con esta norma se busca terminar con la criminalización y persecución penal de los consumidores, centrando así los esfuerzos en el crimen organizado y narcotráfico.

“Evita la criminalización”

En esta línea, la diputada independiente Ana María Gazmuri, dijo que “si no se diferencia el uso personal, van a tener como víctimas justamente a los usuarios personales, que es lo que ha venido pasando incluso sin la modificación de la ley”.

“El que hoy día se haya aprobado esta indicación, que justamente evita la criminalización al fijar un monto de plantas (…) en todas las regulaciones del mundo se llega a una cifra. Hay que llegar a un consenso”, indicó la parlamentaria.

Gazmuri dijo además que “(…) muchos de los usuarios de cannabis, incluso pacientes con recetas médicas, han pasado un mes en una cárcel de alta seguridad, en prisión preventiva”, lo que para ella “genera un verdadero trauma”.

Fuente BioBioChile.cl
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