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Diputado Mulet evita formalización por cohecho por uso de Fuero

En cuanto a los otros dos imputados, los abogados Bosselin y Briones, la causa quedo sobreseída temporalmente, mientras la Corte Suprema, resuelve el recurso de casación contra Minera Candelaria.

Gran expectación causó la formalización y la solicitud de sobreseimiento temporal del diputado de Atacama, Jaime Mulet junto a los abogados Hernán Bosselin y Ramón Briones, por lo que, la audiencia se realizó por el canal del Poder Judicial. Instancia donde se dieron a conocer los antecedentes históricos de la empresa minera Candelaria, para luego el Fiscal Cristián González, relató las acciones que implican al parlamentario por el delito de cohecho pasivo.

“El Ministerio Público ha podido formalizar a los imputados Bosselin y Briones, por el delito de cohecho pasivo, como autores instigadores y facilitadores de los medios para que el alcalde Osvaldo Quevedo, cometiera el delito a través de renunciar a todas acciones, tanto administrativas como medioambientales, respecto el daño que sufría, o pudiera sufrir la comuna de Tierra Amarilla”, indicó el Fiscal Christian González, respecto a esta causa.

Además, el persecutor, dijo que en esta misma audiencia no se pudo formalizar al Diputado de Atacama, Jaime Mulet, ya que no se presentó a la audiencia: “Ante la solicitud que se despachara orden de detención, el imputado hizo valer su fuero, obligando que la fiscalía deba pedir más adelante el desafuero del imputado”.

Por último, el magistrado Salvador Briceño Guevara acogió la solicitud de las defensas por considerar que, en la especie, previo al juzgamiento penal se debe resolver la causa abierta en sede civil sobre los mismos hechos, según lo estipula el artículo 171 del Código Procesal Penal: “Es de público conocimiento que existe un recurso de casación en el fondo y en la forma (causa rol 4.308-2021) ante la Excelentísima Corte Suprema, referida a una sanción en contra de la Compañía Minera Candelaria”, planteó el magistrado Briceño Guevara, quien agregó que por ello, “la causa penal no puede proseguir en tanto no se resuelva el recurso de casación que se encuentra en el máximo tribunal, dada la posibilidad de que se generen pronunciamientos irreconciliablemente contradictorios”.

Fotografía de archivo.

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