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Delitos sexuales: Un desafío probatorio permanente

Progresivamente el fenómeno de los delitos sexuales ha ido cobrando mayor visibilidad en la opinión pública, merced a la divulgación de casos conmovedores y a la preeminencia de un marco normativo nacional e internacional que insta al cuidado y reparación de las víctimas de dichos ilícitos.

Cabe señalar que para el Ministerio Público, desde los inicios de la Reforma Procesal Penal, esta oscura dimensión de la conducta humana ha constituido una prioridad en su labor de persecución debido al daño individual e impacto social que provoca, especialmente cuando mecanismos de poder ejercidos por los agresores contribuyen a mantener su impunidad. La Fiscalía de Chile orientando sus mejores recursos humanos y técnicos en la represión de estos delitos invariablemente se ha enfrentado a sus particulares características: dificultad para encontrar huellas de su comisión, ausencia de testigos y la tardanza en denunciar, todos aspectos que conspiran para reunir elementos probatorios jurídicamente idóneos para obtener el castigo y segregación social de los responsables, que arriesgan altas penas privativas de libertad que pueden alcanzar los quince años de presidio o más.

Variadas son las reacciones que experimentan las víctimas de agresiones sexuales y no existe un patrón estándar de respuesta frente al estrés extremo provocado por estos delitos. Algunas personas reaccionan inmediatamente frente al estrés del trauma causado, mientras que otras tienen reacciones tardías que aparecen meses o incluso años después, aspecto este último que hace muy dificultosa la persecución penal, por cuanto el transcurso del tiempo va debilitando la posibilidad de contar con pruebas que permitan acreditar el delito en un juicio oral; por ello es que la denuncia oportuna de estos ilícitos se alza como un factor indispensable y preponderante no sólo para obtener la sanción penal de los agresores sino, sobre todo, para proporcionar medidas de contención y reparación física y emocional a las víctimas.

Es precisamente esta labor, la que en directo apoyo al trabajo investigativo de los Fiscales, desarrolla la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía Regional de Atacama, entregando orientación y acompañamiento a las víctimas destinado a mitigar los efectos emocionales de su participación durante la investigación como también en el curso del Juicio Oral respectivo, propósito que nuestro legislador paulatinamente ha ido plasmando en leyes, como es el caso de la Ley 21.057 que regula las entrevistas grabadas en video y establece otras medidas de resguardo de menores de edad víctimas de delitos sexuales, procurándose así evitar su revictimización, objetivo que, en todo caso, la Fiscalía de Chile siempre ha buscado alcanzar respecto de las víctimas, independientemente de su edad, sexo, raza, etnia, religión, orientación sexual o nacionalidad.

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