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Deuda de pensión de Alimentos y retiro del 10% de la AFP

Más del 80% de las pensiones de alimentos se encuentran actualmente impagas. Es una situación que se viene sosteniendo hace más de 10 años. Actualmente existe una deuda de más de $180.000 millones por concepto de pensiones.

La realidad de un gran porcentaje de las mujeres de nuestro país y de nuestra región ha sido vivir una lucha constante para el pago de pensiones, y es que por distintas razones por las que una madre, y un padre no mantienen su relación, esto “no debe” estar vinculado a la relación directa y regular y a su vez a la responsabilidad de la manutención de ese hijo, hija en común. En alguna parte de este proceso se olvida que estos son derechos de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país, existiendo una absoluta cultura del incumplimiento de estas obligaciones. Al revisar los datos podemos ver que una deuda por pensión de alimentos es menos relevante que una deuda con una casa comercial. Claramente el sistema de pensiones ha sido insuficiente, es un sistema poco eficiente en relación con el cumplimiento del pago acordado en los procedimientos realizados a través de los tribunales de familia.

Al respecto la Seremi Jéssica Gómez, señala “ es un tema que no solo nos preocupa y si no que también nos ocupa, sabemos que existe una gran debilidad en el sistema es por eso que el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género será parte de una Mesa Técnica de Pensión de Alimentos la cual tiene por objetivo revisar de manera integral el porque se producen los actuales niveles de incumplimiento y revisar todos los proyectos de ley que están actualmente en tramitación”

Con respecto a la situación actual del retiro del 10% es importante que la comunidad este enterada de como procederá esto:

Requisitos y para que opere la retención:

  • El deudor de pensiones deberá solicitar el retiro de los fondos de la AFP (si no se pide el retiro, no hay fondos que retener).
  • El demandado deberá tener una Pensión de Alimentos fijada por sentencia judicial.
  • Deberá existir una deuda vigente en la causa de alimentos (no se pueden retener fondos para pagar alimentos futuros o supuestamente debidos).

Gestiones que debe realizar la mujer para que se retenga el pago:

  • La mujer cuya pensión se adeuda, deberá tener Clave Única e ingresar al sitio web pjud.cl.
  • Deberá ingresar a la opción “Retención judicial el retiro del 10% de las AFP”.
  • Podrá actualizar y completar un formulario con datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa.
  • Deberá hacer click en enviar el formulario al Tribunal el cual dictará la medida cautelar de retención de fondos, notificando de lo anterior a la AFP del deudor y ordenará que se liquide la deuda en la respectiva causa de alimentos.

Finalmente “es importante que todas las mujeres, hombre y cuidadores que se encuentran en esta situación realicen este trámite, que es fundamental hacer resguardo por el cumplimiento de un derecho que todo niño, niña y adolescente tiene. Hay que señalar que como ministerio estamos trabajando para subsanar esta tremenda injusticia, recordando que la crianza debe ser compartida tanto el cuidado como en la manutención de los hijas e hijos” Jéssica Gómez Poblete, Seremi de la Mujer y la Equidad de Género.

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