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Chadwick responde a A. Constitucional por violaciones a DDHH: Son hechos cometidos por terceros

Este miércoles el exministro del Interior, Andrés Chadwick, presentó por escrito su defensa ante la comisión revisora de la Acusación Constitucional en su contra, impulsada por personeros de la oposición.

Según reveló La Tercera, el documento tiene 133 páginas en las cuales deduce cuestión previa, argumentando que el libelo no tiene los requisitos mínimos exigidos constitucionalmente para ser declarado admisible, y se defiende de quienes le apuntan como el responsable político detrás de las violaciones a los derechos humanos tras el “estallido social”.

“Durante mi gestión como Ministro del Interior y Seguridad Pública no infringí la Constitución ni las leyes en forma alguna, por acción ni omisión, ni tampoco vulneré el derecho a la vida, integridad física o psíquica, debido proceso legal, inviolabilidad del hogar y de la libertad personal de nuestros compatriotas. Durante el ejercicio de mi cargo, y muy especialmente entre los días 18 a 28 de octubre de 2019, observé una estricta sujeción a la Constitución y a las leyes, actuando dentro de mis competencias y facultades”, aseguró Chadwick en el documento.

Según argumentó, la iniciativa vulnera su derecho al debido proceso al fundamentarse en “imputaciones genéricas y en hechos no acreditados”, pidiendo a la Cámara que se declare inadmisible por fundarse en “hechos cometidos por terceros que son arbitrariamente imputados a este acusado”.

En esta dirección, sostuvo que “la imputación es falsa, ya que en el ejercicio de mi cargo jamás he instruido ni tolerado la afectación ni vulneración a derechos humanos de mis compatriotas. Todo lo contrario, y como reafirman mis reiteradas intervenciones públicas, siempre señalé a las policías que su accionar se debía realizar con apego a la ley y los protocolos de uso de la fuerza, y que su accionar durante el estado de emergencia debía realizarse con estricto apego y respecto a los derechos humanos”.

“Los acusadores no podrán mencionar un solo caso en que mi intervención haya derivado en la actuación concreta de un policía que involucre la detención o lesión de alguna persona en el transcurso de una de las numerosas marchas autorizadas, y otras manifestaciones y concentraciones. Ello es así por cuanto jamás intervine personalmente para ordenar un hecho de esa naturaleza ni jamás lo haría”, defendió el exjefe del gabinete presidencial.

Asimismo, asegura que a la Cámara de Diputados no le corresponde cuestionar el mérito de la declaración del Estado de Emergencia, como pretendería el libelo acusatorio.

Respecto de este cuestionamiento, afirma que “la declaración del Estado de Emergencia por parte de S.E. el Presidente fue una decisión oportuna y proporcional a las circunstancias. En efecto, esta decisión fue motivada por un contexto de grave alteración del orden público, y en atención que constituye una función esencial e ineludible del Estado resguardar la seguridad de los ciudadanos y el orden público”.

BIOBIOCHILE.CL

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