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Consejo para la Transparencia: que Carabineros niegue acceso a registro de detenidos es algo anómalo

Jorge Jaraquemada, insistió que “el Derecho de acceso a la información, de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico, es de carácter público para cualquier ciudadano”.

Hace unos días el CPLT advirtió sobre la necesidad de disponer de manera inmediata la información de detenidos en un oficio dirigido al Gobierno, Carabineros, PDI, FFAA y Gendarmería de Chile, “en conformidad con lo dispuesto expresamente por la Constitución”.

Como una situación bastante anómala calificó la mañana de este jueves el presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), Jorge Jaraquemada, que en algunas comisarías de Carabineros de Chile continuara la negativa de entregar los registros de detenidos ya que -según subrayó- el Derecho de acceso a la información es de carácter público para cualquier ciudadano y controvierte la instrucción que ha dado el alto mando de Carabineros.

“El Consejo para la Transparencia quiere manifestar su preocupación por una serie de denuncias que ha conocido de distintos abogados que plantean que se les ha negado el libre acceso al registro de detenidos en algunas comisarías del país, esta situación es bastante anómala pues perjudica el Derecho de acceso a la información que de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico es de carácter público para cualquier ciudadano”, subrayó el titular de Transparencia.

Cabe recordar que en el oficio N°1706 del 25 de octubre de 2019, dirigido a los ministerios de Defensa e Interior, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile (PDI), entre otros el Consejo para Transparencia advirtió sobre la necesidad de disponer de información de detenidos sobre la publicidad del Registro de Detenidos, considerando que la propia Constitución señala expresamente que nadie puede ser arrestado o detenido, sujeto a prisión preventiva o preso, sino en su casa o en los lugares públicos destinados a este objeto y que los encargados de prisiones “deberán dejar constancia de la respectiva orden que instruye el arresto, detención o la condición de procesado o preso de una persona determinada”.

Para Jaraquemada negar el acceso a registros de detenidos “Además controvierte la instrucción que ha dado el alto mando de Carabineros en el mismo sentido, por lo tanto es una situación que nos preocupa puesto que daña o perjudica el libre acceso que los ciudadanos deben tener a una información que es vital como un primer paso para la defensa de una persona que ha sido sometida a un procedimiento policial”.

La insistencia de la entidad de Transparencia se debe -también- a que un grupo de 388 abogados y estudiantes de derecho denunciaron que persiste el impedimento para acceder a los registros o listados de detenidos en comisarías del país, pese a que estos son públicos según señala la misma Constitución Política.

Finalmente, cabe recordar que el texto del oficio 1706 del CPLT señala expresamente que “deberá quedar en un registro, el que, en conformidad con lo dispuesto expresamente por la Constitución, es público y, por tanto, puede acceder a él cualquier persona, en tanto constituye una fuente de acceso público”.

Fuente: BioBioChile.cl

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