fbpx
Cerrar

Recurso de Amparo por Estado de Emergencia en Atacama es declarado admisible

El jueves 24 de octubre el abogado y profesor de la Universidad de Atacama, Rodrigo Pérez Lisicic presentó un Recurso de Amparo contra Estado de Emergencia en la Corte de Apelaciones de Copiapó, la cual se declaró incompetente, por lo que la causa fue remitida a Santiago para su Resolución.

Este sábado los ministros declararon admisible el Recurso de Amparo. Del texto se desprende que el recurso legal donde se cita al presidente de la República Sebastián Piñera y al Jefe de Defensa Nacional en la región de Atacama, el General Rodrigo Valdivia, quienes tienen un plazo de 48 horas para entregar informes a la Corte de Apelaciones de Santiago, sobre los antecedentes relacionados con el Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en las comunas de Caldera, Copiapó y Vallenar.

Sobre las bases del Recurso de Amparo, el abogado y asesor legal de Rodrigo Pérez, René Navarro señaló que, “El presidente de la Republica carece de las facultades para delegar a los militares y eso no lo ha realizado desde ese punto de vista. Entonces, por ejemplo, los toques de queda a juicio de los recurrentes es de carácter inconstitucional y por eso se planteo una acción que se interpuso acá en la Corte de apelaciones de Copiapó”

“Lo que pasa es que cuando tu tienes las armas, la legalidad no es lo primordial, aquí se está usando la fuerza y siguiendo la tesis del abogado Constitucionalista Jaime Bassa, quien hizo su exposición en la comisión de Derechos Humanos del Senado, más que un Estado de Emergencia un Estado de Sitio de Facto. ¿Qué significa de facto?, que es en los hechos más allá del derecho. En principio no se estaría cumpliendo con la constitucionalidad y por eso se está recurriendo a las cortes de Alzada de nuestro país”, indicó René Navarro.

¿Qué pasa ahora que levanta el Estado de Emergencia?

“Los actos administrativos ya se dictaron y si la tesis nuestra tiene razón, el presidente de la República obró fuera de la ley, entonces los diputados y senadores tendrán que ejercer la acción constitucional de la destitución del presidente de la República, según lo que entiendo como cualquier ciudadano”, concluyó Navarro.

scroll to top