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Paciente terminó muerto tras cirugía de tabique nasal: millonaria indemnización a familia

Una millonaria indemnización deberá pagar el Servicio de Salud de Concepción, luego de que la Corte Suprema mantuviera la condena por la muerte de un paciente debido a una serie de errores tras una operación de corrección de tabique nasal al interior del Hospital Regional Guillermo Grant.

Los hechos se remontan al 18 de marzo de 2010, cuando Juan Ángel Pardo Saavedra fue internado en el principal centro de salud del Bío Bío. Se le practicaron diversos exámenes y al mediodía del día siguiente ingresó al pabellón.

Allí, se le indujo anestesia convencional en dosis habituales, pero le siguió un concierto de errores que terminaron concluyendo en su muerte: a 45 minutos de iniciado el procedimiento se cambió de profesional y luego de la operación fue recibido un técnico de enfermería, lo que contraviene las normas mundiales y nacionales aceptadas, pues debía ser atendido por un enfermero o médico.

“La intervención se inició con una anestesióloga –doña Carmen Zambrano Gaete- y luego fue asumida por otra –doña Oriana Maldonado- quien continuó con el proceso, pero mientras paralelamente asistía a otro paciente, dejando finalmente a don Juan Pardo Saavedra en la etapa post operado a cargo de una técnico en enfermería”.
– Extracto de fallo de Corte Suprema

La recuperación estuvo lejos de ser tranquila, porque se constató una bradicardia severa, la que no pudo ser controlada por la técnico en enfermería. Se trató de ubicar a la anestesióloga que completó la cirugía, pero no respondió inmediatamente.

El paciente finalmente ingresó a la UCI por complicaciones tras la intervención, donde debió ser reanimado, hospitalizado y, en definitiva, el 8 de noviembre de 2010 -8 meses después de la cirugía- Juan Ángel murió.

El hecho derivó en una larga batalla judicial que terminó con el fallo unánime de la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Arturo Prado, Ángela Vivanco y el abogado integrante Pedro Pierry-, instancia que rechazó la excepción de prescripción de la acción y confirmó la falta de servicio del hospital.

En total, cada uno de los cinco demandantes (cónyuge e hijos del fallecido) recibirá una indemnización de 30 millones de pesos por concepto de daño moral.

Fuente: BioBioChile.cl

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