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Mascotas y administradores: Gobierno propone nueva normativa que podría afectar a los condominios

¿Te ha molestado durante la noche el ladrido de un perro en el departamento adyacente o la presencia de fecas de animales? ¿Se han generado conflictos con el cobro de gastos comunes? Estos son problemas que normalmente ocurren en una comunidad vecinal que comparte un condominio.

Actualmente, más del 23% de los chilenos vive en condominios (casas o edificios) que están regidos por la Ley de Copropiedad, la cual existe hace 22 años, consigna El Mercurio.

En virtud de aquello, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo presentó modificaciones para su presente tramitación en el Congreso. Buscan que dicha normativa no pueda incidir en la tenencia de mascotas.

Vale decir, se podría regular el tránsito de los animales en espacios comunes, por ejemplo, mas no prohibir su residencia y conducta en una unidad habitacional, sin discriminar entre copropietarios, ocupantes y arrendatarios.

El ministro Cristián Monckeberg señaló al matutino que “esto va de la mano con la ley vigente de Tenencia Responsable de Mascotas (Ley “Cholito”). Buscamos que se apruebe prontamente y darlo a conocer para fomentar la convivencia y el uso de espacios públicos en condominios”.

Ante la negativa de algunos edificios por permitir el ingreso de mascotas, el subsecretario de Desarrollo Regional, Felipe Salaberry, indicó que dichos condominios “se van a tener que adecuar a la ley” a través de sus propios reglamentos.

El Colegio de Veterinarios valoró la iniciativa, pues por algunos reglamentos, los dueños de mascotas se veían obligados a deshacerse de éstas.

Del total de 650 mil animales inscritos en el Registro Nacional de Mascotas, 42 mil viven en departamentos y 21 mil son perros con implantación de microchip.

Registro de Administradores

Paralelo a la tenencia de animales, el Gobierno también busca que los administradores de residencias cohabitadas estén inscritos en el Registro Nacional de Administradores de Condominios.

En la actualidad, la indicación sólo explicita que la persona que asuma el cargo no puede estar condenada ni formalizada. Sin embargo, la propuesta del Minvu exige que el trabajador deberá poseer licencia de enseñanza media y haber aprobado un curso de capacitación acorde a la materia.

Fuente: Biobiochile.cl

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