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Senadis realizan llamado a respetar estacionamientos destinados a personas con discapacidad

La Seremi de Desarrollo Social (s) Eliana Flores Rojas, la Directora Regional de Senadis Atacama, Andrea Elgueta Olivares, la Subgerente de Mall Plaza Copiapó, Loreto Albandoz González y el Presidente de la Unión Comunal de la Discapacidad de Copiapó, Miguel Martínez Espinoza, se dlieron cita en los estacionamientos del Mall Plaza Copiapó para iniciar la campaña de uso correcto y respeto a los estacionamientos destinados a las personas con discapacidad.

En la oportunidad, las autoridades destacaron la importancia de respetar estos estacionamientos, la fiscalización que se debe realizar para el cumplimiento de la Ley de de Tránsito N°18.290 y la aplicación de las multas correspondientes. Asistió el Comisario de la 2° Comisaria de Copiapó, Mayor Ricardo Chau González y representantes de Organizaciones de y para personas con discapacidad.

“Queremos hacer un llamado a las personas para que tomen conciencia de la necesidad que tienen todos los que tienen algún tipo de discapacidad de usar estacionamientos especialmente para ellos, ya que tienen características especiales, son más anchos para que puedan maniobrar con sillas de ruedas, están más cercanos de los accesos, debidamente señalizados, entre otras cosas. En el marco de esta campaña queremos informar a la comunidad el respeto del uso de los estacionamientos exclusivos para las PesD y que el no respetarlos se exponen a multas cercanas a 70 mil pesos de acuerdo a la Ley de Tránsito”, señaló el Seremi de Desarrollo Social, Antonio Urbina.

Además, agregó que “queremos que la comunidad tome conciencia respecto a las necesidades especiales que tiene la gente con discapacidad porque estos estacionamientos no es que sean un privilegio, sino que es porque tienen necesidades y como corresponde a la inclusión social, debemos darles estas facilidades para que puedan hacer sus trámites al igual que el resto de la población”, indicó el secretario regional.
En la jornada se contó con la presencia de Carabineros de Chile e Inspectores Municipales quienes son los encargados de supervigilar el cumplimiento de la normativa. Ésta señala que constituye una infracción grave el uso indebido de los estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad y menos grave estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad.

De acuerdo a la mencionada Ley, la pena de multa para las infracciones menos graves, es de 0,5 a 1 unidad tributaria mensual. Y para las infracciones graves, 1 a 1,5 unidades tributarias mensuales.

La Directora Regional del Senadis Atacama, Andrea Elgueta, recordó que “para utilizar los estacionamientos la persona con discapacidad debe estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad y dejar la credencial en el interior del vehículo, visible, en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero”.

A esto, la Directora Regional del Senadis agregó “tienen que acercarse a la Dirección Regional de Senadis para recibir orientación de cómo realizar el tramite ante la COMPIN de la Región de Atacama, ya que es está entidad quién realiza el proceso de calificación y certificación de la discapacidad que presenta la persona, y luego esos datos se van al Registro Civil, quien emite y/o entrega esta credencial”.

Decálogo del Estacionamiento
1. Para usarlo debes estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, dejar la credencial en el interior del vehículo, visible, en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero.
2. Los estacionamientos reservados para personas con discapacidad NO son para Embarazadas ni Adultos Mayores.
3. Son más anchos para permitir bajar la silla de ruedas a un costado del vehículo.
4. Deben estar ubicados cerca de los accesos. Una persona en silla de ruedas puede no ser vista por un auto en retroceso.
5. La Ley Nº 18.290 de Tránsito establece Multas; si haces uso incorrecto de ellos se considera una Falta Grave. (1 a 1.5 UTM, $70.000 aprox.)
6. Carabineros e Inspectores Municipales pueden fiscalizar y cursar infracciones en la vía pública y en el interior de espacios privados de uso público (centros comerciales, supermercados, etc.)
7. Ocupar otro documento distinto a la credencial oficial se considera Falsificación de Instrumento Público.
8. La Cruz de Malta no autoriza ocupar uno de estos espacios.
9. Deben estar señalizados en forma vertical y demarcada en el suelo para ubicarlos fácilmente (CONASET)
10. Tan solo el 1% de los estacionamientos son exclusivos para personas con discapacidad… ¡El resto es todo tuyo!

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