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Lo que usted debe saber: ¿Cuáles son las situaciones en que un afiliado o la Isapre -o de común acuerdo- pueden poner término al contrato de salud?

La Superintendencia de Salud de Atacama informó a los usuarios del sistema de salud las formas de cómo y cuándo un afiliado o una Isapre en particular puede poner término a un contrato de salud.

Según el agente regional, Gustavo Rojas, “Existen diversas razones y de común acuerdo para dar fin a un contrato de salud y todas están normadas. En el caso de las Isapres una de las principales causas es cuando el afiliado falsea o no entrega de manera fidedigna toda la información requerida en la Declaración de Salud”.

Otras razones que dan derecho a una aseguradora privada para poner término a un contrato de salud es cuando el afiliado no paga sus cotizaciones cuando se encuentra en situación de cesantía, o están en situación de voluntarios e independientes.

Solicitar beneficios que no les corresponden formalmente u obtenerlos indebidamente o que sean mayores a los que procedan, también son parte de las razones justificadas para finalizar un contrato de salud, así como “omitir alguna carga legal a la Isapre”, destacó Rojas.

A su vez el cotizante tiene diversos deberes y derechos al firmar un contrato de salud con una Isapre. Por ejemplo, puede desafiliarse en cualquier momento tras un año de vigencia de contrato.

“Cumpliendo este requisito, el cotizante debe enviar una comunicación escrita dirigida a la Isapre dada con una antelación de, a lo menos, un mes al cumplimiento del primer año de vigencia de los beneficios pactados en el plan de salud o de la fecha posterior en que se hará efectiva la desafiliación”, informó el agente.

También queda sin efecto el contrato cuando el afiliado queda en situación de cesantía, recalcó la autoridad, “para estos casos el afiliado puede solicitar a la Isapre el término de su contrato de salud, incluso antes de cumplir un año de vigencia de los beneficios pactados en su plan. Para aquello se debe acreditar ante la Isapre con carta de despido, finiquito, carta de renuncia voluntaria u otro documento que demuestre el término de la relación laboral”.

Además, enfatizó que frente a una cesantía no opera de la misma forma que en FONASA y señaló que “en el caso de las Isapres si la persona en cesantía no comunica su situación a la Isapre y no le pone término al contrato, la Isapre le va a seguir cobrando las cotizaciones y le generará una deuda que es exigible, aunque no haya utilizado los beneficios de su plan de salud, lo que es distinto en el caso de los afiliados en Fonasa, ya que acá no se generan deudas de cotizaciones”

 

OTRAS RAZONES PARA PONER FIN A UN CONTRATO

Por fallecimiento de la persona. Para este caso la Isapre, “si el cotizante que fallece tenía más de un año de vigencia de beneficios en la Isapre, ésta ofrecerá a sus beneficiarios mantener todos los beneficios del contrato a lo menos por un año”, recalcó Rojas.

Otra razón es por cierre de registro de la Isapre, ya sea venta o quiebra, o por mutuo acuerdo entre las partes.

Si existiesen otras razones fuera de las señaladas se recomienda a los cotizantes acercarse a la Superintendencia de Salud de la Región ubicada en Atacama 581, Oficina 204, Edificio Alcázar en Copiapó.

Gustavo Rojas Garnicasth
Agente Regional
Superintendencia de Salud

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