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Usuario de Cannabis Medicinal despedido arbitrariamente de su trabajo

“Conmigo se equivocaron; lo mío era uso medicinal”

Raúl García Vergara vive en Arica y tiene 56 años. Nació en Santiago en la comuna de Independencia y, por razones de trabajo, sus padres se mudaron al norte del país. Viajó mucho tiempo por Chile, hasta que en 1991 se radica en Viña del Mar, ciudad que abandonó para radicarse en Arica hace más de 10 años. Raúl, a raíz de una severa artrosis de cadera, es usuario de cannabis medicinal, y cuenta que nunca tuvo una visión negativa hacia la planta, pues conoció personas que lo consumían de manera recreativa y no eran delincuentes o personas irresponsables.

Trabajó durante 11 años en la empresa Ultraport como movilizador de cargas. Tras un accidente de trayecto en agosto de 2009, Raúl se entera de su diagnóstico, ingresando a pabellón para la colocación de una prótesis en la cadera. Estuvo un año en tratamiento  para volver a caminar y tener fuerzas: “Después de esto seguí trabajando a pesar de mis dolencias, la empresa no me reubicó en otro puesto, como capataz, por ejemplo. Seguí siendo un movilizador más, no se preocuparon de mi salud. Pero a uno lo tratan como un número más, no se preocupan de nuestro bienestar”. El doctor le recomendó no hacer fuerzas, pero en la práctica fue imposible. Ahora tiene Artrosis en la columna producto de las cargas que siguió realizando.

En marzo de 2015 la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones determinó que el trabajador padecía de una invalidez transitoria parcial, con una pérdida del 58% de la capacidad de trabajo. Raúl  buscó entonces alternativas terapéuticas que le permitieran mejorar su calidad de vida, transformándose así en usuario de cannabis medicinal, bajo la supervisión médica de la Dra. Daniela Palavecino, quien indicó  el uso de cannabis en gotas y de manera  tópica, para manejar el dolor.

Desde el 2015 la compañía Ultraport mantenía vigente una normativa sobre el uso de drogas, y el 30 de mayo de 2016, la empresa realiza un examen de alcohol y drogas a los trabajadores, en  el cual Raúl arrojó positivo, pues consumía aceite de cannabis para tratar su artrosis de cadera izquierda y su hipoacusia. La empresa lo despide, desvinculándolo inmediatamente, sin indemnización por sus años de servicio, argumentando que era una falta al artículo 160, números 5 y 7 del Código del Trabajo, referidas a las causales de terminación de contrato por  actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos (artículo 5), y por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato (artículo 7).

La administración de Ultraport, señala el trabajador, estaba en conocimiento de su tratamiento en base a aceite cannábico y del consumo de Morvex desde 2015: “Yo no inventé nada. La  empresa me dijo ‘Ud. se va y no le vamos a pagar nada’, porque según ellos yo fumaba. Yo no falté a ninguna ley interna de la empresa ni tampoco a las leyes del trabajo”. El reglamento interno de Ultraport indica que si un trabajador consume algún tipo de medicamento, deben ser respaldados por una prescripción médica, cuestión que, efectivamente, Raúl hizo.

Tras enterarse del Seminario de Cannabis Medicinal organizado en Arica por Fundación Daya y por la agrupación de Usuarios de Cannabis Medicinal de Arica, Raúl , habiendo sido despedido, se acerca para recibir orientación. El trabajador pagó durante 11 años un seguro de invalidez; distintos abogados le han indicado que la empresa debe reconocer este contrato: “Yo lo único que quería es que se hicieran valer mis derechos. No tengo casa propia, no estoy bien de salud. Si fuera joven quizás no le daría tanta importancia, porque uno tiene las fuerzas para luchar, pero a mi edad ya no y menos con mi enfermedad”.

Raúl Soto se encuentra descontento con la compañía, pues entregó mucho en los 11 años de trabajo: “Ellos me enseñaron, sí, pero mi sentimiento es más hacia la administración, pues llegó un gerente que quiso “limpiar” la empresa de alcohólicos y drogadictos, pero conmigo se equivocaron; lo mío era medicinal. La desvinculación sin argumentos me pareció horrible”.

Frente a la negativa de la empresa a reconsiderar la injustificada decisión, Raúl Soto inició un juicio por la arbitrariedad de su despido y el  Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, falló a su favor,  declarando indebida la desvinculación del trabajador y condenando a Ultraport al pago de la indemnización de los años de servicio. Darío Santander Herrera, abogado defensor de Soto, demostró que Raúl era usuario  de cannabis medicinal y  se encontraba facultado por una profesional con fines medicinales, recalcando que el cannabis es admitido en el ámbito de la salud a nivel mundial.

“Que ingiera esta medicina alternativa no tiene otra razón que su necesaria aplicación para aliviar los dolores, producto de una dolencia diagnosticada con mucha antelación a la época de entrada en vigencia del referido convenio. Además, gracias a este tratamiento, que ha sido permanente en el tiempo, ha podido continuar trabajando y superar los intensos dolores que implica esta enfermedad degenerativa, por lo que no es posible la suspensión del tratamiento” mencionó el abogado.

Luego del pago de la indemnización,  Raúl se compró una camioneta en la cual hace fletes y así puede sostenerse día a día. Actualmente casi no consume fármacos y está muy agradecido de la gestión de Fundación Daya: “Agradezco a Fundación Daya, porque me acogieron muy bien, me respetaron, me informaron a tiempo, además de acercarme al cultivo medicinal de cannabis”.

Este positivo fallo, que viene a sumarse a la cada vez más larga lista de fallos similares a favor de los usuarios de cannabis medicinal, fue dictado por Gonzalo Brignardello Cruz, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica.

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