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Superintendencia de Pensiones publica nuevo informe anual del Seguro de Cesantía

Durante el año pasado se registraron un total de 1.261.853 solicitudes por cesantía aprobadas, lo que significó un incremento de 0,9% (11.619) comparado con el total registrado en 2015.

La Superintendencia de Pensiones publicó un nuevo reporte anual del Seguro de Cesantía, que presenta el desempeño de este beneficio durante 2016 y su comparación con el año anterior con diversos indicadores.

A diciembre de 2016, el valor del patrimonio de los fondos de cesantía acumulados alcanzaron un total US$ 9.569 millones ($6.385.540 millones), de los cuales el 66,9% corresponde a los montos acumulados de las Cuentas Individuales de Cesantía (CIC), 32,2% a los del Fondo de Cesantía Solidario (FCS) y 0,9% a  rezagos . En doce meses, la variación real del patrimonio total de los fondos fue de 10,8%. En el mismo lapso, la rentabilidad real del FCS fue de 4,75%, mientras que la del fondo CIC fue de 2,65%. Estas rentabilidades fueron superiores a las observadas a diciembre de 2015 (1,01% y 1,39%, respectivamente).

Durante 2016 se registraron un total de 1.261.853 solicitudes por cesantía aprobadas, lo que significó un incremento de 0,9% (11.619) comparado con el total registrado en 2015. Según tipo de contrato, del total de solicitudes aprobadas en 2016, 46,4% correspondieron a contrato indefinido (585.386) y 53,6% a contrato a plazo fijo (676.467). El promedio mensual de las solicitudes aprobadas fue de 105.154.

Por sector económico, los mayores incrementos en el número de solicitudes por cesantía aprobadas en 2016 se registraron en Construcción (4,1%) y Servicios Estatales, Sociales, Personales e Internacionales (2,6%), mientras que disminuyeron en Minería (-22,1%). Según región, los principales aumentos se concentraron en Tarapacá (5,2%), Los Lagos (4,8%) y Los Ríos (3,4%). La mayor baja se registró en la región de Atacama (-7,9%).

Considerando el tipo de prestación, el número de solicitudes aprobadas que optaron al Fondo de Cesantía Solidario se incrementó 22,8% en 2016 respecto del año anterior, reflejando el efecto de la entrada en vigencia de la Ley 20.829 que flexibilizó los requisitos de acceso desde el mes de mayo de 2015.

 En cuanto a los beneficios pagados del Seguro de Cesantía, el número promedio mensual en el año 2016 fue de 175.917. Mientras que en el mes de diciembre de 2016  se pagaron 166.517 beneficios, registrándose una leve disminución en doce meses de 0,4%. De este total, el 66,5% correspondió a trabajadores con contrato a plazo indefinido.

El total de afiliados al Seguro de Cesantía a noviembre de 2016 alcanzó el nivel de 9.001.692, registrando una variación en doce meses de 4,0%,  tasa de crecimiento anual en torno a la cual ha evolucionado el número de afiliados durante el año. A su vez, el total de cotizantes en el mismo mes fue de 4.469.762, registrando un incremento de 2,7% respecto del mismo mes de 2015.

¿Qué es el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía es un instrumento que brinda protección a los ingresos de los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo, frente a la pérdida del empleo, ya sea por causas voluntarias o involuntarias, otorgando prestaciones monetarias, así como otros beneficios, tales como cobertura de salud (FONASA), asignaciones familiares, becas de capacitación y servicios de intermediación laboral que apoyan la búsqueda de un nuevo empleo, con el propósito de acelerar la reinserción laboral.

El Seguro de Cesantía se financia con cotizaciones que corresponden al 3,0% de la remuneración imponible del trabajador. El esquema de financiamiento depende del tipo de contrato: mientras los trabajadores con contrato indefinido aportan 0,6% de su remuneración imponible a la CIC y sus empleadores contribuyen con el equivalente al 1,6% y 0,8% de la renta imponible del trabajador a la CIC y al FCS, respectivamente; en el caso de los trabajadores con contrato a plazo fijo, o por obra, trabajo o servicio determinado, sólo contribuyen sus empleadores, con el equivalente al 2,8% de la renta imponible a la CIC y 0,2% al FCS, respectivamente.

Pueden cobrar el seguro los trabajadores dependientes afiliados al Seguro de Cesantía, que se encuentren cesantes al momento de solicitar el beneficio y cumplan con los requisitos de acceso.

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