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Prokurica pide acelerar tramitación de proyecto de ley que establece multas para personas que ensucien playas, riveras de ríos, lagos y parques nacionales

“El proyecto establece sanciones que va entre 1 y 10 UTM, pero además establece que el juez –que es la novedad de la iniciativa-, pueda condenar al infractor a realizar trabajos de limpieza durante una semana de los lugares afectados

El Senador de Renovación Nacional (RN) por la Región de Atacama, Baldo Prokurica, llamó a acelerar la tramitación del proyecto de ley –de su autoría y que fue aprobado por el Senado-, el que actualmente se encuentra en la Cámara de Diputados; normativa que busca establecer sanciones efectivas -para aquellas personas que ensucien o provoquen daños en playas, riberas de ríos, lagos y parques nacionales-, ya sea pecuniarias (multas en dinero de 1 a 4 UTM en general y agravada de 5 a 10 UTM en zonas protegidas) o alternativas en trabajo comunitario de limpieza en los lugares afectados.

“Este es un proyecto de ley que – a mi juicio- trata de imitar lo que sucede en todos los países que seguimos en materia de turismo. Lamentablemente en Chile existe la mala costumbre de gente que va a las playas –ya que, en Chile no hay playas privadas, son todas públicas- ensucian con desechos, envases y comestibles –entre muchos desechos-, lo que impide que otros chilenos puedan usar de buena forma este bien de uso público que son las playas”, aseguró Prokurica.

En el mismo sentido, el parlamentario por Atacama agregó que “este proyecto de ley establece una sanción que va entre 1 y 10 UTM, pero además establece que el juez –que es la novedad de la iniciativa-, pueda condenar al infractor a realizar trabajos de limpieza durante una semana de los lugares afectados”.

Según un estudio de la Universidad Católica del Norte, en colaboración con el Middlebury College (EE.UU), y el Centro de Estudios Avanzados en Zonas Áridas de Coquimbo, denominado: “Muestreo Nacional de la Basura en las Playas”, “existe gente –encuestada- dispuesta a pagar por seguir ensuciando nuestras playas, es decir aquí hay una cultura de no cuidar estos bienes nacionales de uso público”, concluyó el legislador.

Según esta investigación,  la basura de las playas de Chile, está compuesta en su mayoría por materiales plásticos que provienen principalmente de fuentes locales. A este problema se le agrega la cantidad de veraneantes en todo el país que en riberas de ríos y lagos –además del borde costero- en época estival principalmente, elevan la cantidad de desechos contaminantes en estos bienes públicos de patrimonio de todos los chilenos, como son nuestras playas.

Experiencia Internacional

Prokurica recordó como abordan este tipo de materias otros países, con legislaciones que sancionan estas conductas. En el caso de España, incorporó en su legislación como bien de uso público las playas y es a través del reglamento del uso de las costas, que establece la potestad del cuidado de las playas, entregando la jurisdicción a los municipios, quienes a través de una ordenanza municipal, establece sanciones pecunias a quienes infrinjan la norma establecida y dañen o ensucien las playas públicas.

En el caso de México, se establecen sanciones en cuanto  al mal uso de playas, daño ambiental, entre otros actos y hechos que contaminen las playas, como botar basura, animales en lugares de balneario, contaminación del agua, estableciendo multas de 10 a 500 veces el salario mínimo de dicho país.

El proyecto de Prokurica

La iniciativa de Prokurica, apunta a encontrar respuestas y soluciones a preguntas de qué hacer con la basura, como sancionar, retirar y reparar el daño que causan los mismos ciudadanos, que son quienes reclaman espacios públicos de recreación sin basura. Esta iniciativa, si bien pretende establecer que la sanción sea efectiva, ya sea pecuniaria (multas en dinero) o alternativa en trabajo comunitario de limpieza, sea aplicable a toda persona que ensucie y contamine una playa de nuestro territorio nacional.

Prokurica indicó que el proyecto, se plantea en el marco de poder sancionar un mal hábito individual que repercute y ocasiona un daño a la comunidad en general y a la sociedad al vulnerar el derecho de las personas a disfrutar de un ambiente limpio, dentro de un bien de uso público que se encuentra bajo la administración del estado.

 

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