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Trabajadores de Atacama tendrán facilidades para votar en las elecciones municipales

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La autoridad laboral informó que el empleador debe otorgar dos horas de permiso para que el trabajador pueda ejercer su derecho a voto.

La Seremi del Trabajo, Dissa Castellani, realizó un llamado a los empleadores para respetar las normas laborales y de esta forma facilitar el derecho a voto de los trabajadores y trabajadoras de la región.

La autoridad laboral informó las disposiciones legales que establece la Dirección del Trabajo para empleadores y trabajadores con el fin de facilitar el proceso de votaciones en las elecciones municipales de alcaldes y concejales del próximo 23 de octubre.

En este sentido Dissa Castellani explicó que “queremos recordar que ejercer el voto es un derecho cívico, por lo tanto se debe entregar todas las facilidades para que se pueda ser efectivo por los ciudadanos. Por ello es que desde el ámbito del trabajo existen las autorizaciones para que los trabajadores puedan ir a votar”.

“Son dos horas que no serán descontadas de sus remuneraciones en las cuales los empleadores deberán autorizar la salida de los trabajadores para ejercer su derecho. Por lo que el llamado es a cumplir la ley y que todos y todas hagamos de este 23 de octubre un día de fiesta cívica y ciudadana”, agregó la Seremi Dissa Castellani.

Aquellos trabajadores que deban laborar el día electoral y que hayan sido designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegado de la Junta Electoral, deberán contar con el permiso de sus empleadores para cumplir con su labor cívica “por el día de la elección”, sin descuento de sus remuneraciones.

El servicio fiscalizador informó que los trabajadores que prestan servicios de atención al público en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica propia, el día de elecciones será de descanso obligatorio debido a lo estipulado en el Código del Trabajo como los Mall, centros comerciales y supermercados, si están dentro de uno de estos recintos, lo mismo en el caso de las farmacias, entre otros.

 

Sanciones:

Las multas aplicables en esta ocasión son las siguientes:

  • No otorgar los permisos necesarios al trabajador designado como vocal de mesa durante elecciones: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.
  • No otorgar el feriado legal e irrenunciable por elecciones primarias para elección de alcaldes a trabajadores de locales que funcionan en un centro comercial bajo una misma razón social o personalidad jurídica: 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.
  • No permitir ausentarse 2 horas de la jornada de trabajo a trabajador para ejercer su derecho a sufragio durante elecciones legales: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.

El día 23 de octubre la DT mantendrá habilitado en su sitio web www.direcciondeltrabajo.cl un banner para recibir denuncias, además del Centro de Atención laboral 600 450 4000

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