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Constitución despacha proyecto sobre elección de gobernadores regionales

logitoEl texto deberá ser ahora revisado por la Comisión de Gobierno Interior. La instancia respaldó propuesta del Ejecutivo para permitir la tramitación en paralelo de la ley de competencias y la Ley Orgánica Constitucional que regulará esta elección, para que se pueda concretar el año 2017.

 En una extensa discusión, la Comisión de Constitución aprobó el proyecto de reforma constitucional que establece la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional.

La instancia aprobó con modificaciones el texto remitido por el Senado que establece la elección del gobernador regional, exintendente, cuya función será la administración superior de la región, en conjunto con el Consejo Regional (cores) y cuyo objeto será el desarrollo social, cultural y económico de la región.

Los cambios aprobados por la comisión corresponden a:

1. Se modifica la denominación “delegado presidencial regional” -representante del Presidente de la República- por Secretario regional. Igualmente en el caso de la provincia pasa a denominarse Secretario provincial. Estos personeros tendrán por función la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un ministerio.

2. Los secretarios regionales y provinciales no tendrán fuero, a diferencia de los gobernadores regionales. Estos últimos, además, podrán ser acusados constitucionalmente, durante el ejercicio de sus funciones y hasta seis meses después de la expiración en sus cargos.

3. Se elimina la obligación establecida en el Senado sobre la transferencia de competencias de los ministerios o servicios públicos a los gobiernos regionales, manteniendo la actual norma constitucional que señala que el Presidente de la República “puede transferir” dichas competencias en carácter temporal o definitivo.

4. Se establece que el ejercicio de las facultades de fiscalización, especialmente frente al gobernador regional, recaerá en el Consejo Regional y no en cada uno de los Cores.

5. Finalmente, se aprobó la propuesta del Ejecutivo respecto a la norma transitoria aprobada en el Senado, respecto del itinerario de tramitación y entrada en vigencia de la presente reforma, de modo que se permitirá la tramitación en paralelo de la ley sobre transferencia de competencias y la Ley orgánica constitucional que regule la presente reforma.

Postura del gobierno

El Ministro Secretario general de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, destacó que se apoyara la idea fundamental del gobierno de la elección de los gobernadores regionales con un 40% al menos de votos, “que si bien es algo inferior al 50%, que había sido la iniciativa del gobierno, sí constituye una masa de votos suficientemente importante para darle toda la legitimidad ciudadana”.

Respecto del cambio de denominación del cargo de Delegado presidencial por Secretario regional, Eyzaguirre explicó que los legisladores consideraron que “inevitablemente, en un estado unitario, como ha ocurrido en todas partes que tiene gobernadores regionales elegidos, va a haber una suerte de dos autoridades importantes, uno representante del Presidente, el otro elegido por la ciudadanía de las regiones, y diputadas y diputados estimaron que el nombre de delegado presidencial provocaba más bien roces que armonía, y hemos cambiado a secretario regional y los que eran delegados provinciales han quedado con el nombre de secretarios provinciales”, precisó.

Asimismo, valoró que los diputados respaldaran la indicación del gobierno para que puedan tramitarse en simultáneo tanto la ley orgánica de elección de gobernadores con la ley orgánica de competencias para los mismos, y no en forma secuencial como se planteó en el Senado.

“El gobierno ha sido transparente y claro que nuestra intención es que la primera elección sea el 2017”, puntualizó el ministro Eyzaguirre. Al mismo tiempo, insistió que siempre se ha pensado que la elección de gobernador deba ser simultánea con los cores, que es el órgano que actúa como legislativo dentro de la región, y que están abiertos a revisar en la discusión de la Ley orgánica si coincidirán en el futuro con la elección de alcaldes y concejales, no descartando que esto pueda ser modificado después del 2017.

Opiniones parlamentarias

El diputado PPD, Rodrigo González, presidente de la Bancada Regionalista, valoró la aprobación del proyecto. “Con esta votación, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, ratifica la voluntad política de ambas Cámaras de elegir directamente, y por votación popular, a los intendentes, que pasarán a llamarse gobernadores regionales”.

“Éste es un paso histórico. Si se aprueba la reforma constitucional, no cabe duda que los próximos pasos, que son la dictación de una ley orgánica para la elección de intendentes, la ley de transferencia de competencias, y la ley de recursos para las regiones -llamada ley de financiamiento regional- van a desarrollarse con la rapidez necesaria, para que el conjunto del proceso de descentralización pueda culminar favorablemente en el plazo necesario, con el objeto de que la próxima elección de gobernadores regionales sea en el año 2017”, aseguró.

Por su parte, el diputado Raúl Saldívar (PS), dijo que no quedaba satisfecho del todo, pero que este es un paso necesario, “aun aceptando las debilidades que pueda tener, es un paso indispensable, porque representa un salto hacia un proceso de descentralización que de no llevarse a cabo ahora podría eternizar la discusión”.

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