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Conducir a exceso de velocidad podría ser sancionado con penas de reclusión

logitoAsí lo plantea moción parlamentaria que modifica la Ley del Tránsito, proponiendo sanciones más severas a quien maneje a exceso de velocidad, causando lesiones graves o la muerte de alguna persona.

Un proyecto para modificar la Ley del Tránsito, agravando las penas y sanciones a quienes conduzcan a exceso de velocidad, presentó la diputada socialista Jenny Alvarez, junto a las diputadas Loreto Carvajal (PPD), Marcela Hernando (PRSD) y los diputados René Manuel García (RN), Gustavo Hasbún (UDI), Tucapel Jiménez (PPD), Felipe Letelier(PPD), Fernando Meza (PRSD), Raúl Saldívar (PS) y Mario Venegas (DC).

El texto tiene por finalidad establecer un aumento en las sanciones aplicables a los conductores que, excediendo los límites de velocidad permitidos, provoquen accidentes y causen lesiones o hasta la muerte de alguna persona.

Como criterio se recoge la penalidad vigente en el artículo 490 del Código Penal y se establece una norma con idénticas penas a las establecidas por la ley N° 20.770 (Ley Emilia), que sancionó la conducción en estado de ebriedad.

En tal sentido, se dispone que el que maneje por sobre los límites de velocidad permitidos y como consecuencia de esa conducción, operación o desempeño, cause lesiones graves o menos graves, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio, multa de cuatro a doce unidades tributarias mensuales y la suspensión de la licencia de conducir desde tres años (lesiones menos graves) a cinco años (lesiones graves).

En el caso de ocasionar la muerte de alguna persona, las penas se elevan a presidio mayor en su grado mínimo, multa de ocho a veinte unidades tributarias mensuales y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.

Asimismo, el proyecto prohíbe aplicar las penas mínimas contempladas en esta ley a aquellos conductores que excedan en más de 50 km/h el límite máximo de velocidad establecido.

Los autores del proyecto destacan las modificaciones efectuadas a la Ley del Tránsito, en relación al consumo de alcohol pero, al mismo tiempo, señalan que la conducción a exceso de velocidad es un factor relevante, que incluso en caso de lesiones o muerte, solo es considerado como un cuasidelito.

Según cifras de Carabineros, el mayor número de infracciones efectuadas el año 2013 se debió a exceso de velocidad (43.204). Por eso, remarcan los legisladores, se requiere corregir la regulación, sobre todo atendiendo la magnitud de las consecuencias que esta acción puede ocasionar.

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