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[VIDEO]Tribunal Ambiental escuchó alegatos en reclamación de Aguas Chañar S.A., por multas aplicadas por la SISS, por incumplimientos a la calidad del agua

logitoLa Superintendencia de Servicios Sanitarios aplicó dos multas a Aguas Chañar S.A. por incumplimientos a la calidad del agua potable en Copiapó, Tierra Amarilla, Caldera, Chañaral e Inca del Oro, ocurridos durante los años 2012, 2013 y 2014. La empresa concesionaria reclamó ante el Tribunal Ambiental en contra del organismo fiscalizador, señalando que los hechos eran aislados y que se encontraba realizando obras de ampliación para evitar que se repitan.

El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, escuchó el martes 30 de agosto los alegatos en las reclamaciones presentadas por Aguas Chañar S.A. en contra de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), por dos procesos sancionatorios asociados a incumplimientos a la norma chilena de calidad de agua potable en las localidades de Copiapó, Tierra Amarilla, Caldera, Chañaral e Inca del Oro, en los años 2012, 2013 y 2014 (iniciados por las Res Ex. N°4296/2013 y N°3242/2015, respectivamente).

De acuerdo a los antecedentes del caso, la SISS tramitó en contra de Aguas Chañar S.A. dos procesos sancionatorios asociados a incumplimientos a la norma chilena de calidad del agua potable en las localidades de Copiapó, Tierra Amarilla, Caldera, Chañaral e Inca del Oro, en los años 2012, 2013 y 2014 (iniciados por las Res. Ex. N°4296/2013 y N°3242/2015, respectivamente).

El 16 de marzo de 2016, la SISS determinó resolver ambos procesos de forma conjunta, imponiendo a la empresa sanitaria una multa total de 125 UTA, al incurrir en infracciones respecto de excesos en los parámetros que determinan la calidad del agua potable suministrada a los habitantes de diversas localidades de la Región de Atacama, en los años 2012, 2013 y 2014 (Res. Ex. N°939/2016).

Luego, el 28 de marzo de 2016, la empresa interpuso recurso de invalidación y de reposición en subsidio en contra de dicha resolución sancionatoria aplicada por la SISS. Finalmente, el 20 de mayo de este año la SISS rechazó la solicitud de invalidación y acogió parcialmente el recurso de reposición, reemplazando el punto N° 2 de la resolución sancionatoria (relacionado con las sanciones aplicadas), fijando la multa en 120 UTA (Res. Ex. N°1881/2016).

Ante el Tribunal Ambiental, la SISS, en forma previa, cuestionó las atribuciones de este juzgador en esta materia, y luego defendió la procedencia de la multa, basada en la gravedad y reiteración de los hechos.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Rafael Asenjo, presidente; Sebastián Valdés y Alejandro Ruiz. Los alegatos, en tanto, estuvieron a cargo de los abogados María Alicia Von Pottstock Molina,  por la SISS, y de Mario Manríquez Santa Cruz, por Aguas Chañar S.A.

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